SALADILLO, 22 de mayo de 2018.

  1. PRESIDENTE DEL

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

  1. ALEJANDRO PABLO MIGUEL ARMENDARIZ

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De nuestra consideración:

Los abajo firmantes, en nuestro carácter de Concejales del  Bloque de Cambiemos, tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de presentar, para su tratamiento por parte del Honorable Concejo Deliberante, el proyecto de resolución que se adjunta, sobre la puesta en funcionamiento, en esta ciudad de Saladillo, del Juzgado de Familia creado por la Ley 15.024.

Por lo expuesto, se eleva el siguiente

PROYECTO DE RESOLUCION

VISTO la Ley 15024, sancionada el 12 de abril de 2018 por la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, promovida por el diputado saladillense escribano Ricardo Lissalde, y por la que se dispuso la creación de un Juzgado de Familia, con asiento en Saladillo, y con competencia en los Partidos de Lobos, Roque Pérez y Saladillo; y

QUE dicha Ley autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a ordenar el texto de la Ley 5827 –Ley Orgánica del Poder Judicial-, en función de lo dispuesto por aquélla, como así también a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma; y

CONSIDERANDO que la sanción de la Ley 15024 constituye en un nuevo y trascendental paso en materia de descentralización de la Justicia, respecto de la cual nuestra ciudad se ha colocado a la vanguardia con numerosos logros, como lo constituye la instalación y puesta en funcionamiento de dos Fiscalías, un Juzgado de Garantías, una Defensoría y la Casa de la Justicia;

QUE, ahora, con la creación y puesta en funcionamiento de un Juzgado de Familia se logrará la descongestión de los Juzgados de Lobos, Roque Pérez y Saladillo, a la par que se dotará a estos partidos de un órgano jurisdiccional con mayor especificidad y capacitación en materia familiar, y donde habitualmente se ventilan cuestiones de mayor sensibilidad y urgencia;

QUE debido a la gran utilidad que prestará la puesta en funcionamiento de un Juzgado de Familia en nuestra ciudad –refrendado esto en los mismos considerandos de la Ley 15024 y en el propio accionar del Poder Ejecutivo Provincial al promulgarla-, resulta menester que ello se concrete a la mayor brevedad posible;

Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N 

ARTICULO 1: Solicítase al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, arbitre los mecanismos necesarios para inmediata puesta en funcionamiento en la ciudad de Saladillo, del Juzgado de Familia creado por Ley 15024, dotándolo del personal y demás recursos necesarios para la prestación de un idóneo, efectivo y eficaz servicio de justicia, y realizando para ello las modificaciones presupuestarias que resulten menester, como así también incorporando el gasto que la puesta en funcionamiento traerá aparejado, al presupuesto que se confeccione para el ejercicio 2019.

ARTICULO 2: De forma.

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.

 

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