PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO, que es de fundamental importancia crear un registro de “FAMILIAS QUE ACOGEN” a
niños y/o adolescentes en forma transitoria dado que no pueden vivir con su familia de
origen, se proporciona de este modo, alojamiento temporal en un medio familiar alternativo,
garantizando un cuidado afectivo y personalizado, mientras en línea paralela se trabaja con el
intento de revertir los motivos que dieron lugar a la medida de separación de la familia; y
Considerando
Que, durante el tiempo que dura el acogimiento se garantiza el respeto al niño, a su familia de
origen y a su identidad cultural.
Que, sería una ocasión de acompañamiento a las familias que acogen en su tarea de cuidado
integral.
Que, el acogimiento familiar es una práctica desarrollada en muchos países del mundo
encontrándose en expansión ya que permite garantizar a niños y adolescentes su derecho a la
convivencia familiar durante el periodo del tiempo en el que no puedan vivir con sus familias.
Que, se cumplan los siguientes requisitos
– Ser mayor de 30 años (genero indistinto).
– No estar inscripto en el registro de adoptantes (R U A G A).
– NO POSEER ANTECEDENTES Penales ni deuda alimentaria.
– Sentir la intención solidaria de apoyar a un niño y/o adolescente cuando de forma
temporal la familia no pueda encargarse de los cuidados.
– Contar con el tiempo y los recursos necesarios para afrontar el cuidado de un
niño/adolescente ofreciendo un ambiente afectivo y protector.
Que, finalizado el proceso de selección, las familias que acogen reciban capacitaciones en
temáticas relacionadas con la niñez y/o herramientas para acompañar de manera
personalizada a los niños que se encuentran temporalmente bajo su cuidado.
Que, una vez iniciado el acogimiento y durante todo el tiempo que dure el mismo la familia
que acoge reciba apoyo técnico (Equipo0 Municipal de Psicólogas y trabajadoras sociales).
Que, las familias que deseen formar parte del Registro de Familias que acogen, previamente
debe existir un informe social que acredite las condiciones requeridas para formar parte del
listado.
Que los tiempos de la guarda será asignado con límite de tiempo, con la intervención del
Servicio Local como una medida de protección.
Por lo anteriormente expresado el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio,
pone a consideración el siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
ARTICULO 1: Solicitase al departamento Ejecutivo la apertura del registro de Familias que
Acogen.
ARTICULO 2: este registro tendrá como fin promover familias que “abriguen” para evitar la
institucionazación de los niños en los hogares convivenciales hasta tanto se resuelva su
situación.
ARTICULO 3: El Departamento Ejecutivo podrá convocar a través de las áreas correspondientes
para la ejecución del mismo, siendo el área de Niñez y Adolescencia la máxima responsable.
ARTÍCULO 4: De forma.