VISTO:
La necesaria creación de medidas efectivas para apoyar el cumplimiento de los Derechos del
Niño, fundamentalmente en lo referente a la prevención, detección y abordaje del Abuso
Sexual hacia Niños, Niñas y Adolescentes.
Y la necesaria participación colectiva y la recuperación de los distintos saberes que portan la
diversidad de actores involucrados, valorando la importancia que tiene la construcción
conjunta en la legitimación de saberes.
CONSIDERANDO
Que los niños son el principal capital de una comunidad y por lo tanto la custodia de su
integridad mental y física es esencial para cualquier sociedad;
Que se han instrumentado diversos programas de protección de la niñez a nivel de los Estados
Nacional y Provincial con relativa efectividad a la hora de prevenir el abuso o bien detenerlo
con la mayor inmediatez;
Que existen diversos ámbitos para denunciar a quienes vulneran la integridad física y psíquica
de los niños, pero que, el acceso a los mismos resulta muchas veces de difícil acceso e incluso
inaccesibles en la práctica;
Que los docentes, por su cercanía y capacidad de observación, son quienes en principio
cuentan con la posibilidad de detectar casos de abuso;
Que el sistema educativo a través de mecanismos que le son propios debe contar con pautas
para denunciar casos de abuso infantil pero no ha sido claramente o suficientemente
difundido un protocolo que asegure la acción de quienes deben proteger a la infancia por
cuanto dichos procedimientos no son naturalizados por quienes deben alertar sobre
situaciones de riesgo;
Que en definitiva, ante la presencia de un presunto abuso, se posibilite la denuncia inmediata,
con el fin de prevenir mayores daños, ya que actualmente, las dudas que se presentan sobre
cómo y a quien avisar terminan en muchos casos en el abandono del menor a su suerte;
Que es de máxima necesidad que todo el sistema educativo esté informado del modo de
proceder ante situaciones que afecten la integridad de un niño de una manera unificada.
Que por lo dicho se considera conveniente poner en conocimiento de la población y en
particular de los cuerpos docentes un protocolo de denuncia claro y acotado, insertando el
mismo en la página del Municipio y brindando a su vez un elemento en papel de fácil acceso
con contenido necesario en tamaño tal que pueda plastificarse y guardarse con los
documentos personales, para facilitar el acceso inmediato;
Que a Dirección de Infancia y Adolescencia dependiente de la Secretaría de Gobierno tiene
entre sus funciones el efectivo cumplimiento de tareas destinadas a la protección de la niñez.
Que el Municipio adhiere a través a distintos programas provinciales destinados a la
protección de la integridad física y psíquica de los niños por lo que corresponderá verificar el
cumplimiento de dichos programas provinciales y la posibilidad de estructurarlos con el
seguimiento de los casos que puedan denunciarse;
Que la Dirección de Infancia y Adolescencia ha desarrollado un protocolo que estipula el
procedimiento a seguir por entidades y organismos del Estado ante casos de denuncias de
abuso infantil y se encarga además de efectuar el seguimiento de los casos sin que ello
implique vulnerar el derecho a la privacidad.
Por todo lo expresado, el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio en el uso de sus
facultades presenta el siguiente:
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTICULO N°1: Ordénese la creación de un documento informativo al alcance de la
ciudadanía, y particularmente de la comunidad docente, para la toma de conocimiento del
protocolo a seguir ante la detección de situaciones de abuso sexual y vulneración de los
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y modos de abordarlo.
ARTICULO N° 2: La diagramación y ejecución de dicho documento estará a cargo de la
Dirección de Infancia y Adolescencia de la Municipalidad de Saladillo y del Consejo Local de
Promoción y Protección de los Derechos del Niño creado por Ordenanza 67/08; tendrá un
formato impreso y plastificado similar a un documento de identidad o tarjeta de pago, de
modo que pueda ser portado en todo momento, como así también en formato digital.
ARTÍCULO N°3: El documento informativo deberá contener los datos referentes al organismo
responsable, contacto, teléfonos y dirección, al cual recurrir inmediatamente ante la detección
del caso.
ARTÍCULO 4: La Dirección de Infancia y Adolescencia de la Municipalidad de Saladillo deberá
proveer este documento a cada docente y trabajador de la niñez de la Localidad de Saladillo.
ARTICULO 5: La Dirección de Infancia y Adolescencia de la Municipalidad de Saladillo tendrá
además la tarea de capacitar a docentes y trabajadores de la niñez con información referente
al procedimiento judicial de toda denuncia por abuso y vulneración de los Derechos de Niños,
Niñas y Adolescentes, organismos de estados intervinientes, así como también, informar
detalladamente el procedimiento de denuncia, estipulado en el artículo 1, 2 y 3.
ARTÍCULO N° 4: De forma.