PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el expediente N° 236/2022, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a incorporar un anexo a la Ordenanza N° 122/2017, que reglamenta las habilitaciones comerciales y permisos; y
CONSIDERANDO
QUE en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 29 de noviembre de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto
QUE en su ARTICULO N° 1 enumera las incorporaciones que se deben incluir en el Anexo II de la Ordenanza N° 122/2017 relativo a “de la infraestructura mínima requerida para habilitar locales comerciales”,
QUE según el ARTICULO N° 3 el Departamento Ejecutivo a través de las áreas correspondientes, debería sugerir a los comercios de estas características con habilitación preexistente el cumplimiento de la presente Ordenanza,
QUE la Ley N° 24.314, Accesibilidad de personas con movilidad reducida (la que modifica la Ley N° 22.431), que define a la accesibilidad, como la posibilidad de las personas con movilidad reducida de gozar de las adecuadas condiciones de seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria, sin restricciones derivadas del ámbito físico urbano, arquitectónico o del transporte, para su integración y equiparación de oportunidades;
QUE, es necesario asegurar la accesibilidad a la totalidad de los vecinos y vecinas de Saladillo a los edificios públicos de nuestra ciudad, ofreciendo mecanismos que permitan sortear cualquier tipo de limitación derivada de las características arquitectónicas de estos;
QUE, el modelo social de discapacidad sustentado en la ley citada sustenta los fundamentos de los limitantes en las barreras externas y no en los diagnósticos a los que son sujetos las personas;
QUE, en nuestra ciudad se ha avanzado notablemente en la accesibilidad para personas de movilidad reducida, no obstante, aún es necesario seguir dando respuestas;
QUE, desde el Estado Municipal se debe garantizar la accesibilidad y posibilidad de uso igualitario de la infraestructura en el ámbito público y privado a la totalidad de la ciudadanía;
QUE, desde este Bloque se han presentados pedidos de informe con anterioridad y no se ha dado respuesta,
QUE, desde que se ha sancionado la Ordenanza N°108/2022 se han habilitado diversos comercios que cuadran dentro de los estipulados por dicha normativa,
QUE no se encuentra disponible por ninguno de los medios oficiales de comunicación información relacionada al Anexo II de la Ordenanza N°108/2022, ni los beneficios de contar en nuestra comunidad con espacios accesibles.
Por todo ello el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal información sobre la implementación de la Ordenanza N° 108/2022, las acciones y formas de difusión de la misma.
ARTÍCULO 2°: De forma.