Saladillo, 5 de septiembre de 2025
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Alejandro P. M. Armendáriz
S / D
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., y por su intermedio a demás integrantes de ese Honorable Cuerpo, a efectos de elevarle las presentes actuaciones para su posterior tratamiento y aprobación.
Las mismas se refieren a un Proyecto de Ordenanza, el cual expresa lo siguiente:
“VISTO el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina; y
CONSIDERANDO que la Municipalidad a través de la Secretaría de Desarrollo Local busca entre sus objetivo, promover el espíritu emprendedor y potenciar el desarrollo de habilidades emprendedoras entre los jóvenes;
QUE Junior Achivement Argentina es una ONG que trabaja fundamentalmente con jóvenes a través del aprendizaje activo en educación financiera, preparación para el trabajo y emprendimiento; particularmente a través de su Programa Aprender a Emprender busca estimular a los jóvenes a crear, organizar y operar un emprendimiento real;
QUE el convenio suscripto tiene como objeto la realización del programa educativo Aprender a Emprender edición 2025;
QUE conforme a lo normado por el art. 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) el convenio mencionado debe ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante;
Por todo ello, el DEPARTAMENTO EJECUTIVO, en uso de sus Facultades, eleva al Honorable Concejo Deliberante para su consideración y posterior tratamiento, el siguiente;
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1: Aprobar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y Junior Achivement Argentina, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.
ARTICULO 2: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del mismo.
ARTÍCULO 3: De forma.”
Sin otro particular, saludamos a Usted y demás Concejales, con atenta consideración.-