Visto la necesidad de garantizar el acceso a los derechos sexuales reproductivos y no
reproductivos desde la promoción y la prevención desde una mirada integral, y;
Considerando
Que, los derechos sexuales y los derechos reproductivos son parte de los derechos
humanos básicos. Los mismos son derechos tan importantes como el derecho a la vida, a
la salud y a la libertad, con los que están directamente relacionados.
Que, el concepto de derechos sexuales se refiere a poder decidir cuándo, cómo y con
quién tener relaciones sexuales, a vivir la sexualidad sin presiones ni violencia, a que se
respete la orientación sexual y la identidad de género sin discriminación, a acceder a
información sobre cómo cuidarse, y disfrutar del cuerpo y de la intimidad con otras
personas. Todas las personas tenemos derecho a disfrutar de una vida sexual elegida
libremente, sin violencia, riesgos ni discriminación.
Que, el concepto de derechos reproductivos hace referencia a que todas las personas
tenemos derecho a decidir en forma autónoma y sin discriminación si tener o no tener
hijas/os, con quién, cuántos y cada cuánto tiempo. Incluyendo como derecho recibir
información sobre los diferentes métodos anticonceptivos y el acceso gratuito al método
elegido.
Que, la atención de la salud respetuosa y de calidad durante el embarazo, el parto y el
posparto, así como en situaciones de post aborto, también están contempladas dentro de
los derechos reproductivos. Es también un derecho el acceso a la interrupción voluntaria y
legal del embarazo (IVE/ILE).
Que, los derechos sexuales y los derechos reproductivos están protegidos por la
Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y por Leyes
Nacionales.
Que, existen resoluciones y recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y de
cada jurisdicción que establecen cómo deben actuar los hospitales, centros de salud, obras
sociales y prepagas para respetar los derechos de la población.
Que, todas las personas somos diversas y tenemos derechos a disfrutar una vida sexual
saludable y placentera, sin presiones ni violencias, acceder a información y atención, con
respeto y confidencialidad, recibir atención gratuita e integral de la salud sexual y la salud
reproductiva, acceder a la interrupción del embarazo (IVE/ILE), vivir la identidad de género
y la orientación sexual libremente, elegir si tener o no hijas/os, con quién, cuántas/os y
cuándo tenerlas/os, elegir y recibir métodos anticonceptivos de manera gratuita en
hospitales, centros de salud, obras sociales y prepagas, acceder a tratamientos de
reproducción médicamente asistida y acceder a los tratamientos para modificación
corporal de acuerdo a la ley de identidad de género.
Que, en Saladillo funciona el “consultorio amigable de salud sexual integral” a cargo de la
Secretaría de Desarrollo Humano y Salud de Saladillo.
Que, funciona en el CAPS Ibarbia, todos los jueves de 14 a 16 hs donde se abordan los
derechos sexuales reproductivos y no reproductivos.
Que, el “consultorio amigable de salud sexual integral”, cuenta con un equipo
interdisciplinario coordinado por la Dirección de Género y Diversidad y la Dirección de
Salud Pública.
Que, el Partido de Saladillo, cuenta con localidades del interior, donde residen personas
que pudieran necesitar el abordaje del “consultorio amigable de salud sexual integral”,
Que, la localidad de Saladillo ha crecido en extensión, aumentando así las distancias,
Que, el horario en el que funciona el “consultorio amigable de salud sexual integral” es fijo
y coincide con el horario laboral y escolar de muchos posibles usuaries, quedando así
imposibilitades de poder acceder a la propuesta que ofrece el mismo.
Que, dentro del Partido de Saladillo existen 10 (diez) Centros de Atención Primarias de la
salud emplazados en los diferentes barrios y localidades, equipados para que pueda
funcionar el “consultorio amigable de salud sexual integral”.
Por todo esto el Bloque de Concejales y Concejalas de Unión por la Patria presenta el
siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN:
ARTÍCULO 1: Solicítese al Departamento Ejecutivo que mediante el área correspondiente,
aumente la franja horaria de atención del “consultorio amigable de salud sexual integral”
garantizando el acceso a los derechos sexuales reproductivos y no reproductivos a todas
las personas que así lo requieran.
ARTÍCULO 2: Solicítese al Departamento Ejecutivo que mediante el área que corresponda,
garantice el funcionamiento del “consultorio amigable de salud sexual integral” en los
restantes CAPS de Saladillo, garantizando el acceso a los derechos sexuales reproductivos y
no reproductivos en todos los barrios.
ARTÍCULO 3: De forma.

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