PROYECTO DE RESOLUCION

 

 

VISTO, la aprobación “exprés”, por parte de ambas cámaras de la legislatura bonaerense, del proyecto de modificación de la Ley 13.364 impulsado por la Gobernadora María Eugenia Vidal y que el mismo modifica el Régimen Previsional de trabajadoras y trabajadores del Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Proyecto de Reforma de la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires ingresó en la legislatura junto con un paquete de leyes enviadas por la Gobernadora María Eugenia Vidal para tratarlas con “urgencia” en sesiones extraordinarias; ingresando con una antelación de 48 horas antes de su tratamiento, sin discusión, sin despacho de comisión, sin convocar a los afectados ni partes involucradas, sin que pudiese ser analizado dicho proyecto de ley con un tiempo prudente y razonable;

 

Que, la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires creada en 1.925, es una entidad autárquica de derecho público con autonomía económica y financiera, basada en el sistema de reparto y administrada en forma conjunta por la Provincia de Buenos Aires;

 

Que, tal entidad nació y se desarrolló como fruto de la lucha de los trabajadores del Banco;

 

Que, lejos de constituir un régimen de privilegio expresa un modelo previsional que recepta los parámetros más humanitarios y progresistas en la materia;

 

Que, tanto el jubilado como el pensionado sigue realizando aportes que van del 10% al 12% durante toda su vida, como así también aportan cada primer aumento que reciben por la movilidad en la prestación;

 

Que, los trabajadores del Banco de la Provincia de Buenos Aires realizan aportes extraordinarios en tanto aportan entre el 14% y el 19% de sus haberes, más el aporte de los aumentos paritarios el primer mes que los perciben y también aportan por promociones que pudieran obtener;

 

Que, el Banco empleador aporta un 16% con más un aporte extraordinario del 7%, lo que en suma por cada trabajador se aporta entre un 37% y un 42% de sus haberes;

 

Que, la nueva ley no solo extiende la edad para alcanzar el beneficio previsional sin hacer distinción entre trabajadoras y trabajadores  sino que además  avanza sobre derechos adquiridos como la base de cálculo para la determinación del haber inicial y la actualización del mismo. Pasando de incrementos establecidos por las paritarias del sector a la nueva fórmula de cálculo de actualización de los haberes de los jubilados, recientemente aprobada por el Congreso Nacional para beneficiarios de la ANSES;

 

Que, también modifica la base de cálculo para la determinación del haber, que con la anterior ley resultaba el 82 % del salario en actividad del cargo en el que el trabajador se jubilaba (o mejor cargo si lo había tenido durante los últimos 5 años al menos), para ahora establecer la misma determinación en un 70 % del promedio de los salarios de los últimos diez años trabajados. Tal modificación constituye lisa y llanamente un latrocinio, absolutamente confiscatorio, perdiendo así cualquier relación entre salario y jubilación la cual es sustitutiva del mismo y por ende de carácter alimentario;

 

Que, la ley modifica la integración del Directorio de la Caja, licuando la representación de los trabajadores activos y pasivos;

Que, además se eliminan partidas presupuestarias para paliar el déficit de la Caja y por lo tanto pone a los trabajadores jubilados del banco provincia como rehenes de las utilidades que el banco pudiera tener, para sanear un déficit que sólo el Estado puede y debe garantizar;

 

Que, de cumplir con las obligaciones de la presente ley se llevaría al Banco de la Provincia de Buenos Aires, la banca pública de todos los vecinos y vecinas de la Provincia, a fundirse o tener que privatizarse, y de no cumplir las jubilaciones se desmoronarían a niveles inferiores a cualquier sistema previsional existente, después de que cada jubilado de la banca realizó aportes extraordinarios durante más de 30 años;

 

Que, es necesario para todos los habitantes de la provincia de Buenos Aires  contar con una banca pública, ya que por definición y en contraposición a la banca privada, tiene por objeto la maximización del bienestar integral de la población;

 

Que, esta reforma significa ni más ni menos que un ajuste en el régimen jubilatorio del Banco Provincia de Buenos Aires, que sirve de antesala para que el gobierno provincial avance en la armonización del IPS con ANSES, en perjuicio de todos los trabajadores y trabajadoras provinciales;

 

Por todo ello el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana en uso de sus facultades propone el siguiente:

 

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

Artículo 1º: Manifestar el más absoluto rechazo de este Cuerpo a la reforma de la CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, impulsada por la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires María Eugenia Vidal y votada en ambas cámaras legislativas provinciales.

 

Artículo 2º: Comunicar a la Gobernadora María Eugenia Vidal, a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y a la Asociación Bancaria.

 

Artículo 3°: Solicitar al PE Provincial la convocatoria a una Mesa de Diálogo que contemple la participación del PE; del Banco de la Provincia de Buenos Aires y de la Asociación Bancaria.

 

Artículo 4º: De forma.

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