PROYECTO DE COMUNICACIÓN

VISTO que la Ley 14656, en su ARTICULO 76 establece que “El trabajador gozará de asignaciones familiares por cargas de familia y sus derecho-habientes subsidios por fallecimiento, de conformidad con los que la legislación nacional en materia laboral establezca con carácter general”, y sabiendo que los trabajadores municipales de Saladillo cobran asignaciones familiares muy por debajo de las vigentes actualmente a nivel nacional; y

CONSIDERANDO:

Que, el Convenio Colectivo de Trabajo N°1/2017, suscripto entre la parte empleadora, Municipalidad de Saladillo, y los trabajadores municipales representados por el Sindicato de Trabajadores Municipales  y Unión Personal Civil de la Nación de la Provincia de Buenos Aires, establece en su Artículo 4° – NORMATIVA APLICABLE. “Que la relación de empleo de los trabajadores dependientes de la Municipalidad de Saladillo se rige, en orden creciente de jerarquía por las siguientes normas:

  1. La Constitución Nacional y las normas provenientes de los Tratados y Convenios a que hace referencia su art. 75 inciso 22.
  2. La Constitución de la Provincia de Bs. As.
  3. La Ley N° 14.656.
  4. 784/16, reglamentario de la Ley N° 14.656.
  5. La Ley N° 20.744, en lo que fuere aplicable. Entiéndase por cuestiones no reguladas en la legislación específica, o para interpretar la normativa de este convenio.
  6. Por este convenio Colectivo.
  7. Por los Contratos Individuales de Trabajo.”

 

Que, las asignaciones familiares por Hijo, de un empleado Municipal de Saladillo oscilan en aproximadamente un 10% del monto que se corresponde por ley a nivel nacional;

Que, en el mismo sentido los montos establecidos por Prenatal e Hijo en la normativa de alcance nacional para los trabajadores en relación de dependencia es de $ 1.684, e Hijo con discapacidad $ 5.491 como valor general;

Que, lo anteriormente dicho da cuenta de la distorsión y perjuicio de las asignaciones familiares percibidas por los trabajadores municipales;

Que, recientemente el Sindicato de Trabajadores Municipales ha solicitado un adelanto de la última cuota de aumento salarial dada la situación económica actual, no recibiendo respuesta;

Que, la situación de inflación generalizada, ha depreciado notablemente el poder adquisitivos de los argentinos, y que en un salario bajo como lo es el de los municipales saladillenses esto impacta aún más;

Que, en más de una oportunidad, desde el  Bloque de Unidad Ciudadana se ha reclamado la necesidad de dar cumplimiento a lo pautado en el Artículo 76 de la Ley 14.656, como así mismo la actualización salarial, más allá de reconocer el esfuerzo que se ha realizado en este punto en los últimos años;

Que, según el expediente nº 356/2016, el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria, elevó proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informar la situación de los asalariados municipales; haciendo referencia a la vigencia de la Ley Nº 14.656 (régimen marco de empleo Municipal) sancionada en el año 2014 en los términos mencionados precedentemente;

Que, que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 4 de julio de 2017, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, sancionándose la Comunicación 26/2017;

Que, es necesario no solo dar respuesta en el marco de lo marca la Ley Nacional y el Convenio Colectivo de Trabajo, sino como medida urgente de carácter social y humanitario frente al contexto económico que vivimos;

Por todo ello el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, pone en consideración del Honorable Cuerpo Deliberativo el siguiente:

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Art.1° – Solicitase al Departamento Ejecutivo que a través de las áreas correspondientes se regularicen los montos de las Asignaciones Familiares de los trabajadores municipales, en el marco de la establecido por la Ley 14.656 y el Convenio Colectivo de Trabajo N°1/2017.

Art. 2° – De forma.

 

 

No hay etiquetas para esta entrada.

pa

Buscar proyecto por concejal