PROYECTO DE RESOLUCIÒN

 

VISTO el proyecto de ley presentado por Diputados de la Nación proponiendo declarar la emergencia de este sistema de créditos por 365 días para quienes compraron vivienda única, familiar y de ocupación permanente, en referencia a la Ley 27271 para la compra, construcción, refacción, terminación de vivienda única familiar; y

 

CONSIDERANDO:

Que, son variados los fundamentos en los que sostiene el proyecto presentado, esencialmente centrados en la imposibilidad de los tomadores de crédito de afrontar el pago de las cuotas según el índice UVA;

Que, las UVAs fueron creadas en 2016 para los créditos hipotecarios, muchas familias tomaron estos créditos para acceder a una vivienda propia, y se ha generado un deterioro constante de la relación entre la cuota y los salarios, dificultándose así las posibilidades de los tomadores de crédito de hacer frente a los pagos;

Que, el mecanismo de los créditos UVAs tiene un rasgo perverso, por cuanto el monto de capital aumenta indefinidamente conforme el ritmo inflacionario, en directa relación, el valor de dichas unidades (UVAs);

Que, la posibilidad de extender la duración del préstamo tiene un límite en el 25% en el plazo originariamente previsto para el crédito, lo que también reduce la capacidad de acción del deudor en situaciones críticas;

Que, los bloques del FR, FpV, Argentina Federal y Red x Argentina, acordaron presentar un proyecto de ley que declara la emergencia de este sistema de créditos por 365 días para quienes compraron vivienda única, familiar y de ocupación permanente;

Que, con la vigencia de la emergencia se modifica el criterio para calcular el valor de las cuotas, incorporando el CVS (Coeficiente de Variación Salarial) al CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) que se utiliza actualmente. Posteriormente prevé se tome el menor de dichos indicadores para actualizar la cuota;

Que, la emergencia se prorrogaría automáticamente por otro año si el CER, durante la vigencia de la emergencia supera en un 5% al CVS de igual período.  Se considerarán los datos oficiales disponibles al momento del vencimiento del plazo de la emergencia;

Que, plantea un período de gracia (es decir, no deberán pagar) de seis meses para aquellas personas que perdieron el empleo después de tomar el crédito. Ello no implicaría mora o incumplimiento de ningún tipo. Una vez cumplido el período de gracia, se reanudará el pago de las cuotas en las condiciones de crédito vigentes. La autoridad de aplicación (BCRA) podrá determinar la prórroga de este período teniendo en cuenta la gravedad socioeconómica del deudor. La autoridad de aplicación deberá crear un Registro de Deudores que quieran solicitar ese beneficio;

Que, además contempla que se suspendan los desalojos que se encuentren en curso por falta de pago;

Que, queda manifiesto que el crédito UVA traslada todo el riesgo al deudor, asegurando al banco una rentabilidad incluso mayor que otra inversión especulativa;

Que, se debe insistir con una línea de crédito de vivienda accesible y sostenible en el tiempo que permita el acceso a una vivienda digna conforme lo prevé expresamente el artículo14 bis de nuestra Constitución Nacional y los tratados internacionales;

Que, el acceso al crédito es una de las herramientas fundamentales, junto a otras políticas públicas de fomento para el acceso a la vivienda;

Que, este bloque de Unidad Ciudadana demostró preocupación por las características de este crédito hipotecario, presentando en agosto de 2018, un proyecto de resolución en el que se solicita  al Directorio Banco Provincia de la Provincia de Buenos Aires, deje sin efecto la actualización de la deuda de los créditos hipotecarios destinados para la compra, construcción, refacción, terminación de vivienda única familiar y de ocupación permanente, que se realiza con la UVA (Unidad de valor Adquisitivo), dado el impacto negativo sobre el poder adquisitivo de los adjudicatarios, y se sustituya ese método de indexación, por el de Coeficiente de Variación Salarial u otro de similares características que se determine al respecto;

Que, dicho proyecto fue desestimado no siendo tratado hasta la fecha en la comisión de destino;

Que, como síntesis podemos afirmar que los tomadores de préstamos en UVA corren riesgo de perder su vivienda y poner en peligro su situación patrimonial, pagan más tan sólo por el hecho de que sus salarios no se ajustan al mismo ritmo que las cuotas mensuales, por lo que es urgente atender a la situación que están atravesando los mismos;

Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, pone en consideración de Honorable Cuerpo Deliberativo, el siguiente:

 

PROYECTO DE RESOLUCION

 

ARTICULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Saladillo solicita la sanción del Proyecto de Ley presentado por Diputados Nacionales de distintos Bloques (FR, FpV, Argentina Federal y Red x Argentina) en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación el presente mes de abril. El proyecto de ley propone declarar la emergencia de este sistema de créditos por 365 días para quienes compraron vivienda única, familiar y de ocupación permanente, suspender los desalojos, y modificar el criterio para calcular el valor de las cuotas, incorporando el CVS (Coeficiente de Variación Salarial) al CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) que se utiliza actualmente mientras dura la emergencia, entre otros aspectos.

 

ARTICULO 2º: Elevar copia a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitando se expidan en el mismo sentido.

 

ARTICULO 3º: De forma.

 

 

 

 

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