VISTO el expediente n°9/2023 iniciado por el Bloque de Juntos, quien eleva proyecto de Resolución  solicitando al  Poder Ejecutivo Provincial  declarar al Partido de Saladillo, como  zona de emergencia  y/o  desastre agropecuario;

que, la grave situación que está atravesando el sector agropecuario y actividades vinculadas al mismo de nuestro partido como consecuencia de la sequía;

que, las condiciones climáticas están dañando seriamente la producción agrícola- ganadera, con mermas en rendimientos y producción;

que, resulta necesario tomar medidas excepcionales, fundamentándose en la situación crítica por la que atraviesan numerosas explotaciones rurales del partido de Saladillo y la zona, debido a este fenómeno natural – climático;

que, las mismas han generado disminuciones notables en los rendimientos de las siembras realizadas en los meses de octubre y noviembre, incluso no permitiendo las siembras llamadas de segunda;

que, dicha situación genera también importantes consecuencias negativas en la producción ganadera, con pérdida en la producción de kilos de carne, litros de leche, el deterioro de pasturas y verdeos de verano;

que, este escenario presentará, entre otras consecuencias, la dificultad por parte de los pequeños y medianos productores para cumplir con sus compromisos fiscales;

que, el estado no puede permanecer ajeno a esta realidad y por tal motivo debe utilizar herramientas que vayan en auxilio del sector productivo;

que, es necesario que el estado establezca medidas concretas atendiendo cada caso particular según el grado de afectación;

que, el partido de Saladillo sufre desde hace varias semanas y días altas temperaturas, falta de precipitaciones y en consecuencia gran cantidad de parcelas rurales afectadas por la sequía;

que, el sector agropecuario es el motor que dinamiza el crecimiento y movimiento económico de nuestro partido, la provincia y el país;

que, el fenómeno climático mencionado ha sido definido por especialistas en el tema como el más complejo de la historia de nuestro país de las últimas décadas;

que, la sequía afecta numerosas actividades productivas, especialmente la agropecuaria;

que, la disminución en la productividad no solo afecta en lo inmediato, sino que tendrán repercusión a mediano y largo plazo;

que, a estas condiciones climáticas, debe agregársele las condiciones económicas que viene atravesando nuestro país y en particular el sector agropecuario (inflación, retenciones, cargas impositivas, falta de insumos, etc.);

que, el Poder Ejecutivo Provincial se encuentra facultado, frente a situaciones imprevistas, a declarar el estado de Emergencias y/o Desastre Agropecuario a diferentes zonas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, brindando y facilitando herramientas para favorecer al sector;

que, el Municipio de Saladillo conformó la Comisión de Emergencia y/o desastre agropecuario tal cual lo establece el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, elevó al INTA la solicitud para que realice el informe técnico correspondiente en base a lo solicitado por el Ministerio, realizándose nota formal del pedido de declaración de emergencia por la sequía y toda esa documentación correspondiente para ser elevada al Ministerio de Desarrollo Agrario; y

CONSIDERANDO que, en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de abril del dos mil veintitrés, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho que la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicítar al Poder Ejecutivo Provincial, a través del área correspondiente,  declarar al Partido de Saladillo y la zona como Zona de Emergencia y/o Desastre Agropecuario como consecuencia de la problemática que atraviesa el sector debido a la fuerte sequía que afecta a la región y gran parte de la Provincia de Buenos Aires,  tal como lo solicitó el Municipio de Saladillo en base a las requisitorias formales estipuladas por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Poder Ejecutivo Provincial y al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO a los once días del mes de abril del año dos mil veintitrés.-

RESOLUCIÓN N° 1/2023.-

Buscar proyecto por concejal