VISTO el expediente N° 76/2025, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al Consejo Escolar de Saladillo, informe sobre el resultado de los análisis del agua potable en los establecimientos educativos del ámbito rural;
que, es una preocupación permanente de la población en general y sobre todo de la que habita el sector rural, la calidad del agua en los pozos que proveen la misma en los establecimientos educativos del ámbito rural de nuestro partido;
que, la Ley 13.688 en su Capítulo XIX, Artículo 147 expresa: “La administración de los establecimientos educativos, en el ámbito de competencia territorial distrital, con exclusión de los aspectos técnicos – pedagógicos, estará a cargo de órganos desconcentrados de la Dirección General de Cultura y Educación denominados Consejos Escolares, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 203 de la Constitución de la prov. De Bs. As.”;
que, el partido de Saladillo cuenta con 76 instituciones educativas de diferentes niveles y modalidades, de Gestión Estatal;
que, esto conlleva a una matrícula aproximada de 9500 estudiantes;
que, muchas de estas instituciones se corresponden al ámbito rural, 37 instituciones, algunas de ellas comparten edificio, representando estas el 48% del total;
que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) define al agua potable como aquella que es apta para el consumo humano y no supone ningún riesgo para la salud;
que, en 2010, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al abastecimiento de agua y al saneamiento. Todas las personas tienen derecho a disponer de forma continuada de cantidades suficientes de agua salubre, físicamente accesible, asequible y de una calidad aceptable para el uso personal y doméstico;
que, en el ámbito rural la provisión de agua potable se realiza mayoritariamente mediante pozos de agua; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 20 de mayo de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Consejo Escolar informe sobre los resultados de análisis realizados a los pozos de provisión de agua potable de los establecimientos educativos del ámbito rural del partido de Saladillo, período y frecuencia de realización.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Concejo Escolar informe sobre las acciones realizadas en caso que los resultados de análisis de los pozos de provisión de agua potable de los establecimientos educativos del ámbito rural no cumplan con los parámetros exigidos.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Consejo Escolar; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.-
RESOLUCIÓN Nº 12/2025.-