VISTO el expediente N°14/2026, iniciado por el Bloque de Concejales de UCR, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al IOMA actualizar los montos de las practicas por Diálisis;
que, la crítica situación que atraviesan los centros de diálisis de la Provincia de Buenos Aires y, en particular, el centro de diálisis de la ciudad de Saladillo, el cual atiende pacientes locales y de los distritos de Las Flores, General Alvear y Roque Pérez; como así también que sus titulares poseen centros de diálisis en las ciudades de 25 de Mayo y Bragado;
que, la diálisis es un tratamiento esencial e indispensable para la vida de los pacientes con insuficiencia renal crónica, cuya interrupción implica un riesgo grave e inmediato para su salud y su vida;
que, desde hace aproximadamente dieciocho (18) meses no se han actualizado los valores de las prestaciones de diálisis, mientras que la inflación acumulada en dicho período supera ampliamente el cincuenta por ciento (50%);
que, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires adeuda aproximadamente seis (6) meses de pagos al centro de diálisis de Saladillo por prestaciones ya realizadas a pacientes de programas sociales, situación que pone en serio riesgo la continuidad del servicio;
que, el Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA), si bien cumple con los pagos en tiempo y forma, mantiene valores de las prestaciones entre un cincuenta y seis por ciento (56%) y un sesenta por ciento (60%) por debajo de la inflación acumulada, lo que resulta económicamente insostenible para los centros de diálisis de Saladillo, 25 de Mayo y Bragado, así como para otros centros de la provincia;
que, el programa Incluir Salud, destinado a beneficiarios de pensiones no contributivas, presenta valores desactualizados y pagos atrasados, afectando directamente la atención de los pacientes que se atienden en el centro de diálisis local;
que, los centros de diálisis de Saladillo, 25 de Mayo y Bragado atienden aproximadamente ochenta (80) pacientes por mes, de los cuales treinta (30) corresponden a IOMA y seis (6) al programa Incluir Salud;
que, de persistir esta situación existe un riesgo cierto de interrupción del servicio, con las graves consecuencias sanitarias que ello implicaría para los pacientes;
que, los centros de diálisis mencionados sostienen veintidós (22) empleados y seis (6) médicos, lo que representa un esfuerzo económico significativo para garantizar la continuidad de la atención;
que, resulta necesario, asimismo, reducir los plazos de autorización para el ingreso de nuevos pacientes, dado que actualmente dichos trámites demoran aproximadamente tres (3) meses, período durante el cual las prestaciones brindadas no son abonadas retroactivamente por la obra social correspondiente;
que, como referencia mínima los valores de los módulos de diálisis deberían equipararse a los que actualmente abona el PAMI; y
CONSIDERANDO que en la Quinta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 19 de mayo de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja aprobar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) que proceda a la actualización inmediata de los valores de las prestaciones de diálisis correspondientes al centro de diálisis de Saladillo, actualmente desfasados entre un cincuenta y seis por ciento (56%) y un sesenta por ciento (60%) respecto de la inflación acumulada, a fin de evitar el colapso del centro prestador y garantizar la continuidad de tratamientos esenciales para los pacientes renales.-
ARTÍCULO 2°: Requerir al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que implemente un mecanismo de actualización periódica de las tarifas de las prestaciones de diálisis, que permita adecuarlas a la inflación vigente y garantice la sostenibilidad de los servicios y la atención de los pacientes comprendidos en programas sociales, tales como Incluir Salud.-
ARTÍCULO 3°: Solicitar al Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) y al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires que arbitren los medios necesarios para reducir los plazos de autorización de ingreso de nuevos pacientes a tratamiento de diálisis y que se reconozca el pago retroactivo de las prestaciones brindadas durante dicho período.-
ARTÍCULO 4°: Comunicar al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y, por su intermedio, al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y al Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA).-
ARTÍCULO 5°: Invitar a los Honorables Concejos Deliberantes de los partidos de General Alvear, Las Flores, Roque Pérez, 25 de Mayo y Bragado a promover resoluciones en el mismo sentido, atento a tratarse de una problemática común en toda la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 6°: Invitar a la Honorables Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires a promover acciones en el mismo sentido, atento a tratarse de una problemática común en toda la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 7°: Comunicar al Poder Ejecutivo Provincial; a los H.C.D. de General Alvear, Las Flores, Roque Pérez, 25 de Mayo y Bragado; a la H. Cámara de Diputados Provincial; y al Departamento Ejecutivo; dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-
RESOLUCIÓN N° 12/2026.-