VISTO el expediente N° 180/2023, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a las Subsecretarías de Energía y Planeamiento Energético implementen medidas de gestión de la energía;
que, es imperiosa la necesidad de un mejoramiento en la eficiencia energética y gestión del gas en los establecimientos estatales Provinciales y Nacionales;
que, es necesario promover el uso responsable de la energía eléctrica y el gas en los establecimientos estatales;
que, a través de diferentes medidas y acciones, se debería buscar reducir el consumo energético;
que, es necesario que se sensibilice sobre la disminución de la dependencia de los combustibles fósiles dado que los mismos una vez explotados se agotan y no pueden regenerarse, y si se regeneran la misma es más lenta que el consumo;
que, se busca optimizar el consumo racional del gas en los organismos públicos, garantizando su uso eficiente y seguro;
que, reducir el consumo energético no solo reduce costos sino también contribuye a la disminución del impacto ambiental;
que, resulta de relevancia fomentar la implementación de uso de energías renovables en la matriz energética de los organismos estatales;
que, hay que establecer mecanismos de control y seguimiento del consumo de gas y energía eléctrica en los organismos estatales;
que, es imprescindible promover la sensibilización, concientización y capacitación del personal de los Organismos Estatales en materia de eficiencia energética y gestión del gas;
que, es preciso realizar auditorías energéticas identificando las áreas de mayor consumo y proponer medidas de eficiencia energética adecuadas a cada caso; como así también identificar los desperdicios de consumo energético;
que, habría que reemplazar los equipos obsoletos por equipos más eficientes en términos energéticos, como por ejemplo iluminación LED;
que, habría que promover la instalación de sistemas de generación de energías renovables como paneles solares, turbinas eólicas en los edificios estatales para reducir la dependencia de los combustibles fósiles;
que, las acciones deben constituir las planificaciones estratégicas de las áreas correspondientes, como las Subsecretaría de Energía y Planeamiento Energético del Ministerio de Economía de la Nación y de la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de Buenas Aires;
que, a través de la Ley Nº 14.838, sancionada en el año 2016, la Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nº 26.190 y modificatoria Ley Nº 27.191, que establece el “Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica”;
que, dicha Ley Provincial reglamentada mediante el Decreto Nº 1293/2018 y mediante la Disposición DPSP Nº 12/2019 establece los procedimientos para autorizar y aprobar los proyectos de generación eléctrica con energías renovables para acceder a los beneficios fiscales previstos en la legislación;
que, existen numerosos antecedentes, pero insuficientes, por ejemplo, 47 escuelas en los Municipios de Azul, Daireaux, General Alvear, General Lamadrid, General Lavalle, General Madariaga, Laprida, Las Flores, Mar Chiquita y Rauch ya cuentan con energía generada a través de paneles solares;
que, es necesario que esta planificación avance de manera más rápida y ágil; y
CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de agosto de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Subsecretaría de Energía y a la Subsecretaría de Planeamiento Energético, dependientes del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, implementen mayores medidas de gestión de la energía, invirtiendo en tecnologías de mayor y mejor rendimiento.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a las Subsecretarías de Energía; y de Planeamiento Energético de la Nación Argentina, generen campañas de sensibilización y concientización con el propósito de mejorar los hábitos para un uso responsable.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Subsecretaría de Energía de la Nación; a la Subsecretaría de Planeamiento Energético de la Nación; y al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.-
RESOLUCIÓN N° 18/2023.-