VISTO el expediente N° 73/2025, iniciado por el Bloque Juntos por el Cambio, quién eleva proyecto de Resolución solicitando al Ministerio de Capital Humano de la Nación, Secretaría de Educación la continuidad de la obra del edificio de la E.E.S. N° 1 de Del Carril;
que, en noviembre de 2024 se firma Acta de Compromiso, Acuerdo Marco, entre la Secretaría de Educación de Ministerio de Capital Humano;
que, la firma del Acta de Compromiso establece conformidades y cláusulas referente a las obras en ejecución en el partido de Saladillo, siendo ellas: edificio de la EES N°1, Del Carril y Jardín N° 908, Saladillo Norte;
que, las mismas fueron iniciadas por el Municipio, con fondos nacionales, enmarcado en la suscripción del Convenio Tripartito de Administración de Fondos entre el entonces MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el MUNICIPIO DE SALADILLO (RE-2022-38793118-APN-DD#ME);
que, mediante ese Convenio Tripartito se establecieron los compromisos recíprocos para mejorar la infraestructura de los establecimientos educativos existentes y/o crear aquellos que resultaran necesarios para satisfacer adecuadamente la demanda de la comunidad local educativa y zonal;
que, mediante el artículo 1° del Decreto N° 70/23, el Poder Ejecutivo Nacional declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025;
que, el Estado Nacional en el marco del Acta Compromiso firmada con el Municipio de Saladillo ha decidido continuar con el financiamiento de las obras que por su importancia y grado de avance requieran contar con la regularización de los pagos de los certificados de obra y las actualizaciones de precios correspondientes; y asimismo transferir el financiamiento de determinadas obras públicas a EL MUNICIPIO, que se encuentra en condiciones de asumir dicho compromiso;
que, las partes acuerdan, en la CLÁUSULA PRIMERA: Adoptar las medidas que resulten pertinentes a los fines de que EL MUNICIPIO asuma la financiación de las obras públicas que se detallan en el Anexo I del presente Acuerdo Marco cuya financiación se encuentra actualmente a cargo de LA SECRETARÍA. Sin perjuicio de lo dispuesto con anterioridad, queda a criterio de EL MUNICIPIO la posibilidad de rescindir o resolver, según corresponda, los contratos de las obras cuya financiación asuma conforme a lo dispuesto en la normativa que resulte aplicable.- Porsu parte, LA SECRETARÍA continuará con la financiación de las obras que se detallan en el Anexo II del presente. Sin perjuicio de lo dispuesto con anterioridad, LA SECRETARÍA podrá rescindir o resolver los convenios respectivos cuando así se considere pertinente y en el marco de lo previsto en la normativa que resulte aplicable.- CLÁUSULA SEGUNDA: Lo dispuesto en el primer párrafo de la CLÁUSULA PRIMERA se implementará a través de Acuerdos Específicos a suscribirse entre las autoridades competentes de LA SECRETARÍA, la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y el MUNICIPIO, en los que se acordarán y especificarán, entre otras cuestiones, las condiciones particulares para cada una de las obras referidas al estado de avance de la misma, la modalidad de pago acordada en el contrato, re determinaciones de precios del contrato respectivo y las deudas pendientes de pago entre LAS PARTES, de corresponder.- CLÁUSULA TERCERA: EL MUNICIPIO se compromete a llevar adelante las gestiones necesarias para obtener el consentimiento de los contratistas y/o de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, según corresponda, de las obras detalladas en el Anexo I cuando así corresponda;
que, de acuerdo a lo expresado en el Acta de Compromiso, Acuerdo Marco, la continuidad de la obra del edificio de la E.E.S. N° 1 de la Localidad de Del Carril quedaría a cargo de la Secretaría de Educación dependiente del Ministerios de Capital Humano de la Nación;
que, la obra del edificio de la Escuela de Educación Secundaria N° 1 de la localidad de Del Carril es una necesidad histórica para la comunidad educativa, tanto en términos educativos como en término socio – cultural;
que, la obra del edificio propio de esta Secundaria se inició 25 de junio de 2023, estando a cargo de la Empresa Konal, contando a la fecha con un avance de un 19.30%;
que, la Empresa Konal, el 19 de febrero de 2024, frente a la falta de pagos y re determinaciones de acuerdo al ICC (Índice de Costos de la Construcción publicado por el INDEC) presentó la neutralización de la obra;
que, es necesario que la construcción de esta escuela se concluya de manera urgente para que los/as estudiantes puedan asistir a clases en horarios de mañana o tarde, dado que a la fecha comparten edificio con la Escuela Primaria N° 8 que es de Doble Escolaridad, haciendo que la secundaria funcione solo en turno vespertino;
que, el funcionamiento exclusivo en el turno vespertino ha privado a las/os estudiantes a participar de otras actividades de la localidad, como por ejemplo deportivas, culturales, artísticas, muchas de ellas propuestas por clubes de barrios y otras por la Subsecretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad; y
CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de abril de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTICULO 1°: Solicitar al Ministerio de Capital Humano de la Nación, Secretaría de Educación, en el marco de lo establecido en la Cláusula N°1 del Acta de Compromiso, Acuerdo Marco, firmada entre el Estado Nacional y el Estado Municipal en noviembre de 2024, dé continuidad a la obra del edificio de la EES N° 1 de la Localidad de Del Carril, partido de Saladillo, provincia de Buenos Aires, esperada por más de dos décadas por la comunidad educativa de dicha localidad.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Ministerio de Capital Humano de la Nación, Secretaría de Educación, el cumplimiento de lo establecido en la Cláusula N° 2 del Acta de Compromiso firmada entre el Estado Nacional y el Estado Municipal en noviembre de 2024 (la modalidad de pago acordada en el contrato, re determinaciones de precios del contrato respectivo y las deudas pendientes de pago).-
ARTÍCULO 3°: Solicitar a la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE), mediante sus representantes territoriales, Inspectora Jefa Regional e Inspector Jefe Distrital informe sobre las gestiones realizadas en relación a la continuidad de la obra de la EES N°1 de Del Carril, partido de Saladillo, Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4°: Poner en conocimiento de la presente resolución a los/as integrantes de la Unidad Educativa de Gestión Distrital (UEGD).-
ARTÍCULO 5°: Comunicar al Ministerio de Capital Humano de la Nación, Secretaría de Educación; a la Dirección General de Cultura y Educación; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veinticinco.-
RESOLUCIÓN Nº 2/2025.-