VISTO el expediente N° 210/2023, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona VI-, coloque la señalización vertical en la cercanía de la Escuela Primaria N° 5;
que, la comunidad educativa de la E.P. N° 5 realiza un reclamo respecto a la necesidad de remarcaciones y señalizaciones en la ruta Provincial N° 91 y camino secundario N° 093-13;
que, la seguridad niños y niñas de la E.P. N° 5, sus docentes y familias debe cuidarse con prioridad;
que, esta ruta es acceso a nuestra ciudad;
que, es altamente transitada por vecinas y vecinos de nuestra ciudad cabecera y localidades del interior (Toledo – Polvaredas) y parajes de la zona rural;
que, mayoritariamente el tránsito en la extensión de esta ruta se caracteriza por la alta velocidad de los vehículos dado que no señalizaciones respecto a las velocidades máximas ni tampoco reductores de velocidad;
que, el mantenimiento de la ruta mencionada corresponde la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, Zona VI;
que, es necesario avanzar en acciones para mejorar la seguridad y transitabilidad de la misma;
que, es necesario mejorar la señalización horizontal y vertical;
que, los trabajos de señalamiento horizontal consisten en marcar sobre el pavimento con pintura termoplástica reflectante en color blanco las líneas continuas demarcatorias de bordes de banquinas; línea central (eje); discontinua, flechas direccionales y líneas auxiliares para reducción de velocidad; mientras que en color amarillo se marca la doble línea central en curvas, puentes y cruces ferroviarios;
que, los trabajos de señalización vertical consisten en la reposición de señales al costado o sobre el camino. Estas se utilizan para prevenir o informar a los usuarios (conductores o peatones) sobre cualquier eventualidad que pueda encontrarse en el camino;
que, las señales de tránsito cumplen un rol fundamental para la convivencia y la seguridad vial, estas indican las normas que se deben cumplir como conductores, anticipan maniobras e informan sobre cruces o curvas peligrosas para evitar accidentes;
que, en cercanía a la escuela debería haber señalización vertical indicando velocidad máxima como así otras que informen de la existencia de una escuela;
que, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, en su artículo 51 establece que en proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas: velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento; y
CONSIDERANDO que, en la Décima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 8 de agosto de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona VI-, coloque la señalización vertical faltante en la cercanía a la Escuela de Educación Primaria N° 5.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona VI-, efectivice la señalización horizontal en los tramos que sean necesarios.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Dirección de Vialidad Provincial -Zona VI-; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.-
RESOLUCIÓN Nº 20/2023.-