S/ MINISTERIO DE TRABAJ PCIAL. INFORME SOBRE INTEGRACION LABORAL DE PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES.-

VISTO el expediente nº 151/2010, iniciado por el Concejal Nazareno Cuello del Bloque de Concejales del Frente para la Victoria, que eleva proyecto de Resolución solicitando al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires informe sobre integración laboral de personas con capacidades diferentes;

que, las leyes Nacional y Provincial de Protección de Derechos de las personas con capacidades diferentes;

que, la ley provincial establece en su artículo 8º: “El Estado Provincial, sus organismos descentralizados, Empresas del Estado, Municipalidades, Entidades de Derecho Público no Estatales creadas por Ley y Empresas Privadas Subsidiadas por el Estado, deberán ocupar a personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro (4) por ciento de la totalidad de su personal, con las modalidades que fije la Reglamentación”;

que, la ley antes mencionada en su artículo 12º crea en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y en cada una de sus Delegaciones Regionales, el Servicio de Colocación Laboral selectiva de personas discapacitadas.- Este Servicio será responsable de la administración del sistema de empleo, examinando las condiciones existentes en el mercado laboral y adoptando medidas para asegurar la colocación de las personas discapacitadas;

que, es función del Estado en cualquiera de sus niveles cumplir y hacer cumplir las leyes de Protección Integral;

que, la integración laboral de las personas con capacidades diferentes, es el fin en si mismo de la verdadera integración;

que, Saladillo cuenta con prestigiosas instituciones dedicadas a la rehabilitación y habilitación laboral de las personas con capacidades diferentes, que las prepara íntegramente para cumplir con el objetivo de integración laboral plena; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de agosto de 2010, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Resolución;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y por su intermedio a la Delegación Regional, con sede en el distrito de Saladillo, la siguiente información:

a) Si se cuenta con un relevamiento de los organismos oficiales dependientes de la Provincia de Buenos Aires con sede en nuestro distrito, de la cantidad de personas con discapacidad física o mental permanente, integradas en puestos de trabajos de estos organismos;

b) Si se ha creado el Servicio de Colocación Laboral selectiva de personas discapacitadas, acciones llevadas a cabo por el mismo a la fecha.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil diez.-

RESOLUCION Nº 21/2010.-

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