VISTO  el expediente n°231/2023, iniciado por el Bloque de Juntos, quien eleva proyecto  de Resolución solicitando al  Vialidad Provincial la señalización, colocación de reductores de velocidad, ciclovía, mejoramiento de arbolado e iluminación del Acceso Augusto Ulderico Cicare;

que, en virtud del reclamo de vecinos y vecinas de la localidad de Saladillo Norte, quienes manifiestan su preocupación respecto al tránsito vehicular, ciclomotor, bicicletas y peatonal, señalización, arbolado e iluminación que presenta el acceso Augusto Ulderico Cicaré de Saladillo, y la falta de marcación/señalización de dicho acceso;

que, dicho acceso es de circulación permanente para vecinas y vecinos que tienen domicilio habitacional y/o laboral en la zona;

que, por el mencionado acceso circula tránsito pesado dado que atraviesa el parque industrial y se accede a zona rural;

que, el mencionado acceso desemboca en la Ruta Nacional N° 205;

que, además, por el mismo se accede a tres instituciones educativas: C.F.R. Saladillo, E.P. N° 11 y el Jardín de Infantes N° 908;

que, los jóvenes que concurren al C.F.R. Saladillo, ciudadanos/as que trabajan en la zona, mayoritariamente se trasladan en bicicletas y ciclomotores;

que, en los horarios que lo hacen son de riesgo, sobre todo en las épocas otoñales e invernales;

que, el mantenimiento de dicho acceso depende de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;

que, resulta insuficiente la señalización horizontal de dicho acceso;

que, es necesario que cuente con las señalizaciones verticales y horizontales correspondientes;

que, la creciente circulación de bicicletas por la zona de la  Avenida Cicaré hace necesaria  la implementación de ciclovías;  

que, las ciclovías son carriles exclusivos para bicicletas (y/o monopatines), delimitados por una separación física y resguardados de los automóviles. La ciclovía  se ubica generalmente en el margen izquierdo de la calle y es de doble mano de circulación, cuenta con señalización vertical y horizontal e intervenciones físicas en el pavimento para disminuir la velocidad;

que, otro de los reclamos refiere a la velocidad excesiva de vehículos y ciclomotores, siendo una de las principales causas de accidentes de tránsito, por lo que la implementación de topes y reductores de velocidad se constituye en una de las medidas más efectivas para reducir la velocidad de los vehículos y prevenir los mismos;

que, los topes y reductores de velocidad son efectivos para obligar a los conductores a reducir la velocidad, lo que reduce la probabilidad de accidentes, ambos funcionan de diferentes maneras:  los topes son generalmente más altos y más pronunciados que los reductores de velocidad y están diseñados para obligar a los vehículos a disminuir la velocidad a una velocidad segura, mientras que los reductores de velocidad, por su parte, son más suaves y permiten que los vehículos mantengan cierta velocidad al pasar sobre ellos, aunque a una velocidad reducida;

que, la velocidad reducida también aumenta la capacidad de reacción del conductoren caso de peligro, lo que permite una conducción más segura;

que, el acceso cuenta con un arbolado importante, el cual trae beneficios no solo al paisaje, sino que contribuye a cuestiones ambientales y sociales que mejoran la calidad de vida de toda la comunidad;

que, la falta de conservación y mantenimiento del mismo puede convertirse en perjudicial para quienes transitan por la zona, siendo factible la caída o desprendimientos de ramas que pudieran ocasionar daños que amenacen la seguridad de las personas o bienes;

que, existe antecedentes de accidentes producidos por caídas de ramas de estos árboles, donde una vecina de la zona se vio afectada, ocasionándole disminuciones de sus capacidades;

que, resulta necesario el mejoramiento de la iluminación del sector, reforzando con columnas faltantes;

que, actualmente el Municipio es quien está realizando los recambios de aquellas luminarias que dejan de funcionar;

que, resulta necesario contar con banquinas pavimentadas o con mejorado, como así también el mantenimiento periódico de las cunetas; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de agosto de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, la colocación de topes y/o reductores de velocidad según sea más adecuado y pertinente en los diferentes tramos del acceso.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, arbitre los medios para la implementación de la ciclovía en el acceso Ulderico Cicaré.-

ARTÍCULO 3°: Solicitar a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenas Aires genere las acciones necesarias para el mantenimiento y mejoramiento de las condiciones del arbolado público del acceso Ulderico Cicaré.-

ARTÍCULO 4º: Solicitar a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, genere las acciones necesarias para el mantenimiento y mejoramiento de las condiciones de las luminarias del acceso Ulderico Cicaré, como así también la colocación de las columnas de iluminación faltantes.-

ARTÍCULO 5°: Solicitar a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires pavimente las banquinas y realice el mantenimiento y limpieza de las cunetas existentes.-

ARTÍCULO 6°:  Comunicar a la Dirección Provincial de Vialidad; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de  agosto del año dos mil veintitrés.-

RESOLUCIÓN Nº 22/2023.-

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