VISTO el expediente N° 155/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección de Vialidad Provincial informe si la obra de reemplazo de alcantarilla por puente en el camino 093-07 se encuentra en el presupuesto de este año;

que, desde hace varios años el puente alcantarilla “El Guaraní” en el Paraje El Mangrullo del Partido de Saladillo se encuentra con un alto grado de destrucción;

que, los puentes alcantarillas son conductos rectangulares cerrados de concreto armado, empleadas frecuentemente para luces que no llegan a los 10 metros. Están formadas por dos paredes laterales, una tapa y fondo, generalmente de sección constante y en ocasiones presentan cartelas en las esquinas;

que, este puente alcantarilla en la zona ha sido denominado popularmente Guaraní;

que, ha sufrido deterioro significativo por las inundaciones del año 2.015 particularmente, y las siguientes continuaron el proceso de deterioro y erosión de las estructuras;

que, este deterioro en sus estructuras ocasiona dificultades en el tránsito pesado de la zona, Paraje “El Mangrullo”;

que, hoy solo se puede transitar con vehículos livianos, aspecto que dificulta las actividades agro ganaderas del lugar, en muchos casos esto implica realizar muchos más kilómetros para arribar a destinos como la ciudad cabecera;

que, en la zona no se advierte una adecuada señalización vertical que indique las condiciones de este puente alcantarilla;

que, la alcantarilla se encuentra desprovista de barreras de contención;

que, la situación no ha avanzado en su impacto dado que los últimos años no han sido de muchas precipitaciones;

que, en marzo de 2.021 la Dirección Provincial de Vialidad realiza Licitación Pública N° 18/2021 con motivo de realizar reemplazo de alcantarilla por puente en el camino 093-07 sobre arroyo sin nombre en la jurisdicción del partido de Saladillo;

que, el presupuesto oficial de dicha licitación ascendía a $ 30.780.882,31 (treinta millones, setecientos ochenta mil, ochocientos ochenta y dos con treinta y un centavos);

que, en fecha 30 de marzo se realiza acto de presentación de ofertas, las empresas Calera Ezeiza S.A y Empresa Constructora Acuña S.A.;

que, esta obra nunca se adjudicó y no volvió a licitarse; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 25 de junio de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección Provincial de Vialidad informe si la obra de reemplazo de alcantarilla por puente en el camino 093-07 sobre arroyo sin nombre en la jurisdicción del partido de Saladillo se encuentra incorporada en el presupuesto de obras a licitar en el presente año.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Dirección Provincial de Vialidad y a Vialidad Zona VI- realice las intervenciones necesarias (señalización vertical adecuada, barreras de contención, etc.) para garantizar la seguridad de los/as vecinos/as que transitan por el lugar hasta se efectivice la obra de reemplazo.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Dirección Provincial de Vialidad; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.-

RESOLUCIÓN  Nº 24/2024.-

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