S/ MRIO. SALUD PCIA. CONTINUAR CON LOS PROGRAMAS QUE INCLUYA MEDICOS DE CABECERA.-
VISTO el expediente nº 63/02, iniciado por el Bloque de Concejales Justicialistas, que eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo garantice la continuidad de los horarios de atención médica que brindaba los C.A.P.S.;
que, se han visto resentidos los servicios de atención médica en los Centros de Atención Primaria de la Salud por la reducción de personal profesional;
que, existen más de 350 firmas de vecinos de los C.A.P.S. que hacían uso del Servicio de Salud y hoy ven deteriorada la calidad de las prestaciones;
que, en épocas de crisis como la que atraviesa nuestro país el Estado en sus diversos estamentos Nacional, Provincial o Municipal deben garantizar la Salud, la Educación y la Seguridad de las Personas, que son los cimientos para la construcción de una sociedad mas equitativa;
que, la atención preventiva de la Salud debe ser el eje de toda planificación de desarrollo social, debido a que el hombre viene dotado naturalmente de salud, la perdida de la misma, obedece casi exclusivamente a causas sociales y a su incomprensión del medio ambiente que lo cobija, ya que las condiciones ambientales, el tipo de hábitat, las posibilidades y los hábitos alimentarios, la vida sedentaria, la descarga permanente de adrenalina y la inseguridad creciente de la vida moderna aparecen hoy como las grandes y casi excluyentes causas de dicha perdida;
que, desde el Estado no se debe ignorar que mejor que curar es prevenir, y que la salud pública debe dejar de ser un remiendo de los desatinos de una sociedad, para concentrarse en el cuidado del mayor tesoro que dispone el hombre: su propio organismo; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 29 de abril de 2002, este Honorable Cuerpo aprobó una Resolución al Ministerio de Salud;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires continuar con los programas que incluyen el de Médicos de Cabecera a fin de no afectar la prevención y tratamiento de la Salud entre los que más necesitan.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil dos.-
RESOLUCION Nº 25/02.-