VISTO el expediente nº 325/2023, iniciado por el Concejo Deliberante Juvenil, quién eleva proyecto de Resolución solicitando que las escuelas de modalidad Jóvenes, adultos y adultos mayores tengan asegurada una colación;

que, las escuelas de la modalidad de Jóvenes, Adultos y Adultos Mayores no reciben alimentos para ofrecer una merienda a sus estudiantes como el resto de las escuelas;

que, el derecho a tener una colación debe ser considerado para todas las escuelas públicas sin distinción de sus modalidades;

que, esta modalidad viene creciendo considerablemente en número de estudiantes, y que al día de hoy el número oscila de entre 350 y 400 ciudadanos de nuestro pueblo;

que, a las escuelas de dicha modalidad asisten estudiantes a una jornada de estudio que supera las 4 horas reloj, alguno de sus días;

que, un porcentaje de los mismos no logran mantener y terminar su trayectoria;

que, el abandono de la cursada se debe a varios factores, entre éstos el no tener garantizado el derecho a la alimentación en sus hogares;

que, el porcentaje de los estudiantes llegan a la cursada luego de haber estado en su jornada laboral y no llegan a pasar por sus domicilios para poder prepararse una merienda antes;

que, ofrecer una merienda saludable a los estudiantes mientras están formándose en sus estudios es una acción de política de cuidado; y

CONSIDERANDO que en la Décima Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 21 de noviembre de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Consejo Escolar de Saladillo, gestione ante quién corresponda, los cupos necesarios de SAE para cubrir necesidades en las escuelas de la modalidad de jóvenes, adultos y adultos mayores.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar al Consejo Escolar  de Saladillo gestiones ante quién corresponda los módulos MESA, para cubrir las necesidades de los/as estudiantes de hogares más vulnerados.-

ARTÍCULO 3º: Comunicar al Consejo Escolar de Saladillo; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de noviembre  del año dos mil veintitrés.-

RESOLUCIÓN  N° 35/2023.

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