VISTO el expediente nº 135/2012, iniciado por el Concejal Carlos Deschamps del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Resolución solicitando a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, arbitre los medios administrativos y operativos para dar cumplimiento a las leyes 11.748, 14.050 y 14.051; que, las mencionadas leyes, sancionadas por las […]
VISTO el expediente nº 135/2012, iniciado por el Concejal Carlos Deschamps del Bloque de la U.C.R., que eleva proyecto de Resolución solicitando a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, arbitre los medios administrativos y operativos para dar cumplimiento a las leyes 11.748, 14.050 y 14.051;
que, las mencionadas leyes, sancionadas por las Cámaras de Diputados y Senadores de la Provincia de Bueno Aires;
que, en los distintos establecimientos tales como confiterías bailables, pubs, traguerías, salas, salones de bailes, clubes y bares no se cumplen con la normativa, establecidas en las leyes mencionadas precedentemente;
que, es común ver en instalaciones bailables menores de 18 años junto a mayores de edad, en clara violación de lo normado;
que, es fácil advertir en páginas de Facebook la invitación a ciertos establecimientos donde se realizan las llamadas “Canillas Libres”;
que, en algunas confiterías, salones de fiestas, pubs, etc., abonando una entrada se entrega una bebida alcohólica sin tener en cuenta la edad del cliente;
que, los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones baile, clubes y demás locales donde se realizan actividades bailables no respetan los horarios establecidos para la admisión del público ni tampoco el de cierre de los mismos;
que, el consumo de bebidas alcohólicas en forma desmedida es el primer paso hacia nuevas adicciones;
que, las autoridades de aplicación de esta normativa y de comprobación de estas infracciones son las Municipalidades y la Policía de la Provincia de Buenos Aires; y
CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 10 de julio del año 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Seguridad, que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase a la Policía de la Provincia de Buenos Aires que arbitre los medios administrativos y operativos a efectos de lograr dar cumplimiento a lo estatuido en las normas establecidas en el primer párrafo de esta Resolución.-
ARTICULO 2º: Comuníquese a la Policía de la Provincia de Buenos Aires y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diez días del mes de julio del año dos mil doce.-
RESOLUCION Nº 42/2012.-