VISTO el expediente nº 158/2012, iniciado por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo, que eleva nota adjuntando proyecto de Ordenanza sobre conceder a los empleados municipales que hayan cumplido los requisitos para obtener el beneficio previsional, continúen percibiendo los haberes; y el expediente nº 165/2012, iniciado por el Bloque Unión Pro, que eleva nota […]

VISTO el expediente nº 158/2012, iniciado por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo, que eleva nota adjuntando proyecto de Ordenanza sobre conceder a los empleados municipales que hayan cumplido los requisitos para obtener el beneficio previsional, continúen percibiendo los haberes; y el expediente nº 165/2012, iniciado por el Bloque Unión Pro, que eleva nota adjuntando copia de la Ley Provincial 12.950 referente al beneficio jubilatorio; y

CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de julio de 2012, este Honorable Cuerpo aprobó sancionar una Resolución a la Asesoría de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E SO L U C I O N

ARTICULO 1º: Gírese a la Asesoría de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, copia del proyecto de Ordenanza elevado por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Saladillo, a fin de que emita opinión al respecto.-

ARTICULO 2º: Comuníquese a la Asesoría de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, al Sindicato de Trabajadores Municipales y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil doce.-

RESOLUCION Nº 43/2012.-

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