VISTO el expedienté N° 294/2025 presentado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al Senado de la Provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento del proyecto de la Ley Benjamín;

que, en el Senado de la Provincia de Buenos Aires se encuentra el expediente D-532/24-25 – Proyecto de Ley que promueve la detección y atención de los y las alumnos y alumnas con necesidades educativas asociadas a condiciones personales de alta capacidad intelectual;

que, el “Proyecto de Ley Benjamín” es una propuesta legislativa en la provincia de Buenos Aires, que busca garantizar el derecho a la educación para niños, niñas y adolescentes con altas capacidades intelectuales;

que, el mismo fue inspirado en el caso de Benjamín, un niño superdotado que enfrentó obstáculos para ser reconocido en el sistema educativo;

que, el proyecto propone la detección temprana de estas capacidades, la formación docente específica, la agilización de trámites curriculares y el apoyo integral en salud, asegurando así la inclusión y el desarrollo adecuado de estos niños/as, adolescentes;

que, en esta línea es necesario establecer un marco regulatorio para la detección y abordaje integral para niñas, niños y adolescentes de nivel inicial, primario y secundario con altas capacidades intelectuales (ACI);

que, la Ley Nacional de Educación N° 26.206, en el artículo 93°, expresa: “Las autoridades educativas jurisdiccionales organizarán o facilitarán el diseño de programas para la identificación, evaluación temprana, seguimiento y orientación de los/as alumnos/as con capacidades o talentos especiales y la flexibilización o ampliación del proceso de escolarización”;

que, el proyecto fue presentado por el diputado provincial Claudio Frangul, con la colaboración de la familia de Benjamín y otros profesionales;

que, actualmente el Proyecto se encuentra en la Comisión de Educación -Legislación General – Asuntos Constitucionales y Justicia;

que, dicha comisión solicitó opinión a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, sin respuesta al momento; y

CONSIDERANDO que en la Décima Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de noviembre de 2025, este Cuerpo aprobó por unanimidad, el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE

SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la H.C. de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires el pronto tratamiento del Proyecto de Ley Benjamín, tramitado mediante expediente D-532/24-25, el cual busca garantizar el derecho a la educación para niños, niñas y adolescentes con altas capacidades intelectuales.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires; a la Honorable Cámara de Diputados Provincial; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.-

RESOLUCIÓN N° 45/2025.-

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