VISTO el expediente nº 18/2012, iniciado por la Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, Dra. María Alejandra Lorden, que eleva proyecto de Resolución adhiriendo a la lucha en defensa del medio ambiente del pueblo y las autoridades de Famatina; que, actualmente decenas de empresas internacionales del sector minero acosan a la Argentina para […]
VISTO el expediente nº 18/2012, iniciado por la Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, Dra. María Alejandra Lorden, que eleva proyecto de Resolución adhiriendo a la lucha en defensa del medio ambiente del pueblo y las autoridades de Famatina;
que, actualmente decenas de empresas internacionales del sector minero acosan a la Argentina para instalar sus proyectos extractivos, siendo que los recursos naturales no son ni más ni menos que Bienes comunes, que pertenecen a un destino común y a las generaciones presentes y futuras;
que, desde el año 2003 el pueblo de Famatina se ve amenazado por distintas empresas internacionales, que pretenden ejercer la mega minería a cielo abierto, que sospechosamente el poder político en primera instancia, prohibe mediante una ley (8137) la explotación minera con uso de cianuro o cualquier otra sustancia contaminante, y luego es el mismo poder político quien deroga esa ley;
que, el agua es el bien mas preciado, y en La Rioja escasea, siendo el promedio del caudal de la cuenca del Río Amarillo de 782 litros por segundo, y que según la información que ofrecen las empresas mineras, ellas requieren de 1000 litros de agua por segundo;
que, se utiliza en la minería a cielo abierto cianuro de sodio para lixiviar el oro o ácido sulfúrico altamente contaminantes y tóxicos, quedando aún sulfuros y arsénico en parte por la actividad minera de hace cien años, en las nacientes de estos ríos, y que el cordón de Famatina ofrece un solo curso de agua, cuyas nacientes se hallan en contacto con el mineral a extraer;
que, además de contaminar el agua, las plantas destinadas a convertir el mineral en una suerte de barras de metal o lingotes, emiten contaminantes del aire que afectan a suelos y a la vegetación, como arsénico, plomo, dióxido de azufre, etc.; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de julio del año 2012, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente que aconseja su aprobación;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Adhiérase el Honorable Concejo Deliberante a la lucha en defensa del medio ambiente del pueblo y las autoridades de Famatina.-
ARTICULO 2º: Solicítese a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación el tratamiento de una Ley para prohibir el uso de sustancias tóxicas en la explotación minera en la República Argentina.-
ARTICULO 3º: Envíese copia de la presente Resolución al Señor Intendente de la ciudad de Famatina y al Señor Presidente del H.C.D. de Famatina a fin de tomar conocimiento de esta adhesión.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil doce.-
RESOLUCION Nº 48/2012.-