VISTO el expediente n° 25/2020, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, incorporar al Jardín N° 908 de Saladillo Norte, en la nómina de Instituciones Categoría 1 de ruralidad; que, la inquietud […]

VISTO el expediente n° 25/2020, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, incorporar al Jardín N° 908 de Saladillo Norte, en la nómina de Instituciones Categoría 1 de ruralidad;

que, la inquietud de las docentes de nivel inicial, que se desempeñan en el Jardín de Infantes Nº 908 en la localidad de Saladillo Norte, partido de Saladillo, quienes no perciben en sus haberes la ruralidad acorde a la ubicación de ese establecimiento;

que, el Jardín de Infantes Nº 908 funciona en un aula de la Escuela Primaria Nº 11 de la localidad de Saladillo Norte, (Resolución Ministerial 1877/3);

que, el Director General de Cultura y Educación, bajo la Resolución N°1474, del año 2004, rectifica en el artículo 1°, la parte pertinente a los anexos y las resoluciones Nº 2507/2002, 2539/02, 3561/02, 3723/02, 5350/02 y 5351/02 aprobándose la clasificación de los servicios educativos, donde queda incluida la EP Nº 11 con la categoría de ruralidad 1 (R1);

que, quienes trabajan en la Escuela Primaria Nº 11 cobran en sus haberes el ítem del concepto de ruralidad 1 desde el mes de mayo de 2004;

que, el Jardín Nº 908 se creó bajo la Resolución Ministerial 1877/03, estableciendo su 3era categoría y asignándole una Planta Orgánica Funcional de un Director y un preceptor;

que, las docentes de nivel inicial, aun trabajando en el mismo edificio que la EP Nº 11, no perciben el ítem de ruralidad acorde a la ubicación geográfica; y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de junio de 2020, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto con modificaciones;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1º: Solicitar a la Unidad de Gestión Distrital (UEGD) el análisis, evaluación y tratamiento del pedido para incorporar al Jardín Nº 908 de la localidad de Saladillo Norte, que funciona en el edificio de la Escuela Primaria Nº 11 “República de Costa Rica”, en la nómina de instituciones que poseen categoría 1 de Ruralidad, y se actualice el cobro de este ítem en los haberes de las docentes que allí trabajan.-

ARTÍCULO 2º: Comunicar a la Unidad de Gestión Distrital  y  al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veinte.-

RESOLUCION N° 5/2020.-

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