Resolucion N° 6/1993

  • Fecha: 19 abril 1993
  • Expediente: 48/1993

ADHESION GREMIAL A PRODUCTORES AGROPECUARIOS.-

VISTO el expediente nº48/93, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Bolivar, invitando adherir a la Resolución de dicho Cuerpo, mediante el cual se solidariza con los reclamos de las Entidades Gremiales que representan a los Productores Agropecuarios; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de abril del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó adherir en iguales términos;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Adhierése a los reclamos que las Entidades Gremiales que representan a los Productores Agropecuarios están efectuando ante las Autoridades, cuyos efectos más importante son:

a) Derogar el sistema discriminatorio que se aplica en el IVA con el régimen de retenciones (Resolución General Nº3624, 3617 y 3623).-

b) La elevada presión impositiva global que en el conjunto de las jurisdicciones se ejerce sobre los que producen e impiden permanentemente la reinversión.-

c) Dejar sin efecto la modificación al régimen de comercialización de carnes, que se a transformado en un sistema complicado y oneroso que no hace m s que encarecer el producto final a los consumidores y beneficia a unas pocas empresas que están en condiciones de cumplirlo.-

d) La apertura indiscriminada, que permitiendo la importación de productos agropecuarios de países subsidiados, favorecen sus exportaciones sin estar nuestros productores en las mismas condiciones: Elevado costo argentino de producción cuyas promesas por parte del Estado de bajarlos no han sido cumplidas.-

e) Refinanciamiento de los pasivos y/o otorgamiento de créditos a los productores agropecuarios como mínimo a 6 años con una Tasa no superior a la internacional.-

f) Reestablecimiento de la vigencia de la Ley 22.913 (Emergencia Agropecuaria) y agregar al artículo 5º, inciso a) «La situación de Emergencia Económica del Sector como causal».-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Honorable Concejo Deliberante de Bolivar, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres.-

RESOLUCION Nº6/93.-

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