Resolucion N° 61/1994
- Fecha: 8 agosto 1994
- Expediente: 236/1994
S/ A LA EMPRESA LINIERS ESTUDIE LA POSIBILIDAD DEINCREMENTAR Y READECUAR LOS HORARIOS DEL SERVICIODE OMNIBUS QUE INGRESEN A DEL CARRIL CON DESTINO A BUENOS AIRES.-
VISTO el expediente nº236/94, iniciado por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, mediante el cual eleva proyecto de Resolución solicitando a la Empresa Liniers S.A. estudie la posibilidad de incrementar y readecuar los horarios del servicio de ómnibus que ingresan a Del Carril con destino a Buenos Aires;
que, la solicitud efectuada por los vecinos de la Comunidad de Del Carril, con relación a la escasa frecuencia del servicio de microómnibus que presta la Empresa Liniers S.A. con destino a Buenos Aires, que ingresan a dicha localidad;
que, tal servicio se presta solo una vez por Día y en horario poco conveniente a las necesidades de los vecinos de la citada localidad;
que, asímismo resulta necesario contemplar la posibilidad de implementar un servicio con destino a la Ciudad de La Plata;
que, la mencionada localidad, con sus dos mil habitantes en su zona de influencia, constituye la localidad más importante del interior del Partido de Saladillo; y
CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 8 de agosto del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas que aconseja aprobar el referido proyecto de Resolución;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase a la Empresa Liniers S.A. estudie la posibilidad de incrementar y readecuar los horarios del servicio de microómnibus que ingresan a la localidad de Del Carril con destino a la Ciudad de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º: Solicítase además, estudie la posibilidad de lograr la prestación de un servicio diario hacia la Ciudad de La Plata, con el fin de satisfacer la demanda de los Estudiantes Universitarios, gestiones ante Organismos Públicos y Servicios de atención médica de los vecinos de dicha localidad.-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro.-
RESOLUCION Nº61/94.-