Resolucion N° 7/1993
- Fecha: 19 abril 1993
- Expediente: 49/1993
INUNDACIONES DE LA CUENCA DEL VALLIMANCA-SALADO
VISTO el expediente nº49/93, iniciado por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Bolivar, invitando adherir a la Resolución de dicho Cuerpo, mediante el cual solicita a las Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires la reducción de las valuaciones fiscales de los inmuebles afectados por las inundaciones en la Cuenca del Vallimanca-Salado; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria del día 19 de abril del año 1993, el Honorable Cuerpo aprobó adherir en iguales términos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase a la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires; a la Dirección de Catastro de la Provincia de Buenos Aires, se evalúe la posibilidad de reducción de por lo menos el 15% y como máximo 80% de las valuaciones fiscales de lo inmuebles afectados por las inundaciones en la Cuenca del Vallimanca-Salado.-
ARTICULO 2º: Los porcentajes fijados en el artículo anterior son mínimos y máximos respectivamente, que permitirán a la autoridad de aplicación moverse con mayor comodidad.-
ARTICULO 3º: A los fines de aplicar las reducciones de los porcentajes antes mencionados, se tendrá en cuenta los siguientes datos:
1.- Grado de afectación del inmueble que lo solicita.-
2.- Duración y permanencia del agua en la parcela.-
3.- Motivos que causan la inundación.-
4.- Daños producidos por la afectación.-
ARTICULO 4º: Los datos antes mencionados se fundamentan en: fotos satélitales, declaraciones juradas del productor, informes de organismos oficiales nacionales, provinciales y municipales, informes profesionales, etcétera.-
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres.-
RESOLUCION Nº7/93.-