SOLICITANDO AL GOBERNADOR CONSTITUIR EL ENTE PARASANEAMIENTO HIDRICO DE LA PCIA. DE BS. AS..-

VISTO el expediente nº251/94, iniciado por el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical, mediante el cual eleva proyecto de Resolución solicitando al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires evalúe la posibilidad de constituir el Ente para el Saneamiento Hídrico de la Provincia de Buenos Aires;

que, la difícil situación hídrica que desde el año 1980 viene atravesando nuestro Partido de Saladillo, como asimismo el resto de los Partidos que conforman la Cuenca del Río Salado;

que, los Partidos afectados poseen como principal fuente de recursos, la explotación Agrícola-Ganadera que, después de catorce años ininterrumpidos de consecuencias hídricas negativas, se han visto seriamente afectados y por ende nuestras economías regionales han disminuido substancialmente;

que, la constitución de los Comité de Cuencas, para recibir la expresión de las fuerzas vivas de las comunidades afectadas, no han funcionado, como respuesta a los grandes problemas hídricos, ya que cada Partido plantea sus inquietudes y reclamos, pero falta fundamentalmente, un órgano técnico que pueda y deba interpretar y proponer una solución integral a la problemática hídrica;

que, toda solución integral al problema de la Cuenca del Salado requiere un Plan Hídrico a ejecutarse a mediano y largo plazo, más allá de los períodos de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

que, todo plan o programa hídrico, debe tener un basamento Técnico-Científico tendiente al saneamiento hídrico de la Provincia de Buenos Aires para lo cual debe constituirse un ENTE integrado por la Dirección de Hidráulica de la Provincia, con representación de la Universidad Nacional de La Plata, de la Dirección de Vialidad de la Provincia del Ministerio de la Producción de la Provincia, del I.N.T.A. y con la representaciones, además, de las Entidades Gremiales de los sectores de la Producción Agrícola-Ganadera, Comercial e Industrial de la Provincia de Buenos Aires;

que, resulta indispensable proveer de los fondos presupuestarios permanentes para el saneamiento hídrico de la Provincia, para lo cual la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires deber  aprobar la creación de un fondo para el desenvolvimiento autárquico del ENTE, con un fin netamente técnico y ajeno a toda especulación o manejo político de los Gobernantes de turno, haciéndose justicia de esta manera, con el interior de la Provincia de Buenos Aires, ya que no solo, el conurbano bonaerense requiere un Fondo de Reparación histórico;

que, este ENTE Autárquico conducido por un Directorio integrado por las representaciones mencionadas deberá tener la responsabilidad de tomar las decisiones, de prioritar las obras hidráulicas a ejecutarse de acuerdo al Plan Hídrico elaborado;

que, es hora de iniciar un análisis serio y profundo de la cuestión, y comenzar a transitar el camino hacia una solución definitiva del mayor problema que afecta al interior de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO que en la D‚cima Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 22 de agosto del año 1994, el Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad que aconseja sancionar el mencionado proyecto sin modificaciones;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I O N

ARTICULO 1º: Solicítase al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Eduardo Duhalde, evalúe la posibilidad de constituir el «ENTE para el SANEAMIENTO HIDRICO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES» (E.S.H.P.B.A.) en reemplazo de la actual Dirección Provincial de Hidráulica, transfiriéndole a dicho ENTE la responsabilidad de dar respuestas a los grandes problemas hídricos de la Provincia.-

ARTICULO 2º: El «E.S.H.P.B.A.» deberá tener un basamento técnico científico para lo cual se requiere la participación a la Universidad Nacional de La Plata a través de la Facultad de Ingeniería Hidráulica y la Facultad de Agronomía, asimismo se requiere, del aporte del Ministerio de La Producción, de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, del I.N.T.A. y de las representaciones gremiales que nuclean los sectores de la Producción Agrícola-Ganadera, Comercial e Industrial de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 3º: La Dirección Provincial de Hidráulica actuar  como base de funcionamiento operativo del E.S.H.P.B.A., aprovechando el personal, los cuadros técnicos, el equipamiento y la infraestructura de dicha Repartición.-

ARTICULO 4º: El E.S.H.P.B.A. debe tener un funcionamiento autárquico, en cuanto a la disponibilidad y uso de los fondos que oportunamente se destinen para lo cual debe constituirse un Directorio con representación multidisciplinaria y con el fin de asumir la responsabilidad de adoptar las prioridades de las Obras Hidráulicas a ejecutarse de acuerdo al Plan Hídrico Provincial.-

ARTICULO 5º: El E.S.H.P.B.A. deberá elaborar un Plan Hídrico integral para la Provincia de Buenos Aires, a ejecutarse a mediano y largo plazo, independientemente de los períodos de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 6º: Solicítase la adhesión de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, como así también de la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidos días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro.-

RESOLUCION Nº73/94.-

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