S/ MRIO. DE SALUD PCIAL. INFORMACION SOBRE LAS ENFERMEDADES ONCOLOGICAS.-
VISTO el expediente nº 37/07, iniciado por el Bloque del Frente para la Victoria que eleva proyecto de Resolución solicitando al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires información sobre las enfermedades oncológicas;
que, el alto grado de sensibilidad y temor que se ha desarrollado en los últimos tiempos en la población del Distrito de Saladillo con respecto al incremento de las enfermedades oncológicas y las muertes por dicha causa;
que, dicha preocupación se ha volcado en encuentros y marchas que han reunido a un grupo muy importante de vecinos e instituciones prestigiosas de nuestro medio;
que, la movilización de los ciudadanos e Instituciones plantea la necesidad de contar con datos confiables sobre la veracidad de la información que se ha instalado: el incremento de la enfermedad en el Distrito y las muertes por dicha causa;
que, si bien en el Hospital Público Provincial cuenta con un muy buen registro, este dato es parcial, ya que alcanza solo a la población que allí se atiende quedando fuera Centros de Salud Privados, Municipales o quienes reciben atención fuera del Distrito;
que, los organismos responsables de la Salud de la población deben dar respuesta a esta inquietud que se ha transformado en temor colectivo;
que, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires cuenta con los especialistas necesarios para recabar seriamente la información, si es que no se cuenta con ella; y
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 24 de abril de 2007, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el mencionado proyecto de Resolución;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: Solicítase al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, informe a este Honorable Cuerpo, si ese organismo cuenta con datos estadísticos actualizados de los diferentes Distritos del Territorio Provincial sobre afecciones oncológicas en cada población y de que tipo.- En caso de ser afirmativo, cuáles son los datos que corresponden al Distrito de Saladillo; y de no contar con la información, contemplar la posibilidad de realizar dicho registro con especialistas de ese Ministerio en el Distrito de Saladillo.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de la Salud de la Provincia de Buenos Aires y al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil siete.-
RESOLUCION Nº 8/07.-