VISTO el expediente nº 242/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a Camuzzi Gas Pampeana y a la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, que en caso de cortes por falta de pago del servicio, suspenda el cobro de reconexión; que,el limpacto que produjo en la ciudadanía de […]
VISTO el expediente nº 242/2018, iniciado por el Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a Camuzzi Gas Pampeana y a la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, que en caso de cortes por falta de pago del servicio, suspenda el cobro de reconexión;
que,el limpacto que produjo en la ciudadanía de Saladillo el reiterado incremento de los cuadros tarifarios del servicio de gas y de energía eléctrica, a partir de las Resoluciones respectivas del Ministerio de Energía de la Nación desde febrero del 2016. Y en el mismo sentido las del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires del Ministerio de Infraestructura y servicios Públicos;
que, los servicios públicos domiciliarios de agua, luz y gas son indispensables para garantizar el derecho a la salud y la vida digna, y que están expresamente comprendidos dentro del derecho a una vivienda adecuada, expresado en el Sistema de Protección de Derechos Humanos de la ONU;
que, la incidencia que representa el gasto de energía es un porcentaje muy importante en el ingreso que perciben los ciudadanos mensualmente;
que, los aumentos del cuadro tarifario han sido muy elevados, y han superado el aumento que percibieron los ciudadanos en los ingresos de las paritarias de este año;
que, para muchos hogares se hace cuesta arriba juntar el dinero para hacer frente al pago de los distintos servicios;
que; el poder de compra de los salarios ha caído abruptamente frente a la incesante carrera de precios, la descontrolada inflación y el inducido congelamiento del salario;
que; los niveles de desocupación crecen día a día, dejando a los hogares que son víctimas de este flagelo sin recursos para enfrentar las necesidades de sus familias;
que, muchas veces se llega a la suma necesaria para cancelar las facturas después de la fecha de vencimiento;
que, en algunos casos, la falta de pago debido a esta situación de crisis, produce el corte del servicio por parte de la empresa prestadora;
que, cancelada la deuda del servicio energético interrumpido, se debe abonar un costo de reconexión del mismo con costos onerosos, lo que dificulta la posibilidad de contar nuevamente con el mismo;
que, los cortes realizados en estos días vulneran derechos estipulados y reconocidos en tratados internacionales de rango constitucional suscripto por el Estado Argentino, en Nuestra Constitución Nacional y Nuestra Constitución Provincial;
que, se encuentra vigente la medida cautelar dispuesta por el Juez Federal de la Localidad de Dolores en autos “Consumidores Argentinos-Asociac. Para Defensa, Educación e Información de los consumidores c/ P.E.N y otros s/ Acción meramente declarativa de Inconstitucionalidad”; la cual dispone la prohibición de realizar cortes del servicio público de gas a los usuarios en situación de vulnerabilidad por no contar con ingresos suficientes;
que, a pesar de la Medida Cautelar dispuesta por el Juez Federal de Dolores, en nuestra localidad de Saladillo se produjeron cortes en el servicio de Gas;
que, las familias de menores recursos son como siempre las más vulnerables y son asistidas económicamente desde el municipio con una ayuda para hacer frente al pago de las tarifas;
que, nuestra responsabilidad política frente a los vecinos de Saladillo, nos obliga a buscar respuestas que sean paliativo a la difícil situación que se están enfrentando respecto a lo antes descripto; y
CONSIDERANDO que en la Octava Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 01 de agosto de 2018, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C l O N
ARTICULO 1º: Solicítase a las empresas de servicios Camuzzi Gas Pampeana, y Cooperativa Eléctrica de Saladillo, que en caso de corte por falta de pago se suspenda el cobro de reconexión de los servicios, en virtud de lo descripto en los considerandos de esta Resolución.
ARTICULO 2º: Comuníquese a Camuzzi Gas Pampeana; a la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, al primer día del mes de agosto del año dos mil dieciocho.-
RESOLUCION Nº 8/2018.-