LEVANTAMIENTO DEL SERVICIO DE TRENES DE PASAJEROS.SOLICITAR AL SE?OR PRESIDENTE DE FERROCARRILES ARGENTINOS, AL SE?OR MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA NACION Y AL SE?OR MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PCIA. DE BS.AS.,INFORMACION SOBRE TRASCENDIDOS EN CUANTO AL LEVANTAMIENTO DEL SERVICIO DE TRENES DE PASAJEROS -CONSTITUCION-EMP.LOBOS-SALADILL

VISTO los trascendidos según los cuales se procedería al levantamiento del Servicio de Trenes de Pasajeros y Encomiendas entre la Estación Plaza Constitución – Empalme Lobos – Saladillo y General Alvear; y

CONSIDERANDO que es una necesidad sentida en la Región el mantenimiento del Servicio, el cual redunda en beneficio de una fluida comunicación;

que, es dable destacar la labor de este Honorable Concejo Deliberante para la rehabilitación del mismo, pudiendo mencionarse entre otras las siguientes disposiciones normativas; Resoluciones N° 3/84 y 26/84; etc.

que, tal medida es un deseo continuamente reiterado por el pueblo de Saladillo;

que, ha la fecha este Honorable Cuerpo no tiene información oficial fehaciente al respecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicítase al Sr. Presidente de FFCC Argentinos; al Sr. Ministro de Obras y Servicios Público de la Nación; y al Sr. Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; información sobre los transcendidos en cuanto al levantamiento del Servicio de Trenes de Pasajeros – Plaza Constitución Empalme Lobos – Saladillo – General Alvear.

ARTICULO 2°: Reitérase el interés que la comunidad de Saladillo tiene por la continuidad del Servicio ut supra mencionado y recomiéndase su mantenimiento.

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos de la Nación y al Sr. Ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y nueve.

RESOLUCIÓN N° 9/89.-

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