ADHERIR A COMUNICACION REF. A LA MODIF. DEL ART.39 DEL DECRETO LEY 6769/58 REF. GASTOS TOTALES DEL CONCEJO DELIBERANTE NO PODRAN SUPERAR EL 3% DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL.-
VISTO los expedientes nº 258/98 y 49/99, iniciados por la Diputada Alicia María Paz y Honorable Concejo Deliberante de Berisso que elevan proyectos solicitando adhesión a proyecto de Ley modificatorio del 2º y 3º párrafo del artículo 39º del Decreto-Ley 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades” según Ley 11.664; t
CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 19 de abril de 1999, este Honorable Cuerpo decide adherir en iguales términos;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Saladillo adhiere al proyecto de ley modificatorio del 2º y 3º párrafo del Artículo 39º del Decreto-Ley 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.-
RESOLUCION Nº 9/99.-