VISTO el expediente N°72/2025 iniciado por la Prof. Lucrecia Ferreira – Directora de la Escuela Secundaria N°2-, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo, la reparación de las veredas de la Escuela Secundaria N°2 y otras obras publicas de reparación y mantenimiento;
que, las veredas de la Escuela Secundaria N° 2 Manuel Pardal forman un corredor de esparcimiento para personas que caminan y realizan actividad física alrededor de la institución, y que el estado de deterioro en el que se encuentran las veredas constituyen un riesgo tanto para la comunidad educativa, como para la comunidad en general;
que, en perspectiva de las políticas integrales de cuidado en torno al ingreso y egreso de las y los estudiantes de las escuelas secundarias bonaerenses, la dirección de la Escuela Secundaria 2 “Manuel Pardal” advierte que las veredas representan un peligro para la circulación de estudiantes, docentes, comunidad educativa y personas en general que circulan por las mismas;
que, como evidencia de lo dicho en el año 2024 se registraron 2 accidentes que incluyeron fracturas por caídas en la vereda de la institución;
que, es preciso y necesario el ordenamiento y seguridad vial a la entrada y salida de la escuela, lo que comprende la ubicación de dispositivos de seguridad, control del tránsito, y señalamientos brindando una forma convenida y unívoca de comunicación, destinada a transmitir al usuario de la vía pública advertencias, indicaciones u orientaciones, mediante un lenguaje común;
que, resulta una responsabilidad de cuidado ciudadano y de prevención, por parte del Estado Municipal para evitar accidentes que pongan en riesgo la vida de las personas que ingresan y egresan de la escuela en los tres turnos que posee;
que, el arreglo de las veredas, se enmarca en el proyecto llevado adelante por esta institución educativa de corredor verde deportivo, el cual ofrece un espacio de circuito aeróbico de salud de fácil acceso para todas aquellas personas que entienden que la actividad física es fuente de salud, de relación e integración social;
que, esta institución educativa busca generar espacios de promoción de la actividad física a fin de generar el desarrollo integral de las personas, garantizando una adecuada calidad de vida y propiciando un equilibrio entre el uso sostenible de los recursos naturales y la conservación del ambiente;
que, esta institución es el primer colegio secundario de Saladillo, que este año cumple 95 años y que proyectamos poner en valor su edificio e inmediaciones en vista a los 100 años de existencia; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 06 de mayo de 2025, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas de Vialidad, que aconseja sancionar una Resolución;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Consejo Escolar de Saladillo la reparación de las veredas de la Escuela de Educación Secundaria N° 2.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Consejo Escolar la demarcación del estacionamiento de la Escuela de Educación Secundaria N°2, espacio que forma parte del edificio de la institución, inaugurado en el año 1978 (obran registros).-
ARTÍCULO 3°: Solicitar la señalización vertical y horizontal en los accesos al edificio, esto incluye: demarcación de sendas peatonales y cordones, colocación de carteles que indiquen el estacionamiento exclusivo para personas con discapacidad.-
ARTÍCULO 4°: Solicitar la realización de un camino de cemento o similar, en todo el perímetro del predio, como alternativa de un circuito aeróbico más amplio y seguro necesario en nuestra comunidad.-
ARTÍCULO 5°: Solicitar la iluminación adecuada para una práctica de actividad segura en horarios nocturnos, brindando seguridad y tranquilidad al usuario.-
ARTÍCULO 6°: Comunicar al Consejo Escolar; y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.-
RESOLUCIÓN N° 9/2025.-