VISTO el expediente N° 31/2022, iniciado por el Bloque de Concejales del Frente de Todos, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a la Legislatura Provincial dar tratamiento a las modificaciones propuestas a la Ley N° 13.927, referente al servicio obligatorio de verificación técnica vehicular;

que, el sistema de verificación de las condiciones técnicas del parque automotor de la Provincia de Buenos Aires, regulado por la Ley de la Provincial N° 13.927 y la Ley Nacional N° 23.636;

que, la presentación de este servicio se realiza a partir de empresas tercerizadas, autorizadas por la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires a tal fin;

que, siendo este un requisito obligatorio del Estado Provincial para que los vehículos matriculados en la Provincia de Buenos Aires puedan circular, es dable facilitar el acceso al servicio de verificación en forma directa por parte de la Provincia y de los Municipios;

que, actualmente, obra en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires un proyecto de modificación de la Ley N° 13.927, presentado por legisladores del Frente de Todos por iniciativa del Diputado Walter Abarca, con la introducción de un nuevo artículo, el que establece que la Provincia de Buenos Aires asumirá la prestación de este servicio público para todo el territorio provincial, determinando que los procedimientos serán uniformes en toda la Provincia, como así mismo los cánones a cobrar a cada usuario, y los requisitos a exigir a cada taller de verificación;

que, así mismo, esta modificación a la Ley N° 13.927, determina en otro de los artículos a introducir, la creación de un Fondo de Fortalecimiento Vial, para el mantenimiento, reparación y pavimentación de las rutas y caminos de la provincia de Buenos Aires, cuyos recursos provendrán de lo recaudado a partir del cobro del canon establecido;  

que, este Fondo de Fortalecimiento Vial, se distribuirá de la siguiente manera, el 60 % para la Provincia y el 40% para los Municipios;

que, esta propuesta de modificación de la Ley N° 13.927 viene a resolver una deuda con los usuarios titulares de vehículos de la Provincia de Buenos Aires, dado que actualmente hay pocas estaciones disponibles en la provincia y el acceso de todos los usuarios que necesiten de esta verificación obligatoria es dificultosa, por lo que al contar con una planta de verificación en cada cabecera de municipio y siendo este quien garantice el control de un servicio eficiente, se garantizaría la llegada a cada usuario;

que, la Verificación Técnica Vehicular es el control periódico del estado mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los automotores, por el que se les realiza una revisión integral y así se trata de minimizar los siniestros viales causados por desperfectos mecánicos, lo que es fundamental en lo referente a asegurar la seguridad vial;

que, Saladillo es un ejemplo concreto de las dificultades en el acceso de los usuarios a una planta autorizada por el Estado Provincial para la verificación vehicular obligatoria; y

CONSIDERANDO que en la Séptima Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 14 de junio de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Peticiones y Ordenanzas, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, se dé tratamiento y sancione, las modificaciones propuestas por Diputados del Frente de Todos, a la Ley N° 13.927, respecto a la introducción de un nuevo artículo, el que establece que la Provincia de Buenos Aires asumirá la prestación del servicio obligatorio de Verificación Técnica Vehicular.

Proponiendo con la introducción de otro artículo la creación del Fondo de Fortalecimiento Vial, para el mantenimiento, reparación y pavimentación de las rutas y caminos de la provincia de Buenos Aires, cuyos recursos provendrán de lo recaudado a partir del cobro del canon establecido, distribuyendo sus recursos, el 60 % para la Provincia y el 40% para los Municipios.-

ARTÍCULO 2°: Incorporar a Saladillo, como sede permanente de una Planta de Verificación Técnica Vehicular directa, autorizada para la Verificación Técnica Vehicular de todos los usuarios del parque automotor radicados en del distrito.-

ARTÍCULO 3°: Girar copia de la presente Resolución a la totalidad de los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos. De forma.-

ARTÍCULO 4°: Comunicar a la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires; a los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires; al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintidós.-

RESOLUCIÓN N°10/2022.-

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