VISTO el expediente N° 181/2023, iniciado por el Bloque Juntos, quién eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección General de Cultura y Educación Provincial, la construcción de un edificio accesible para la Escuela Especial N° 501;

que, se tiene conocimiento que la construcción de un nuevo edificio, accesible, es prioridad de la Unidad Educativa de Gestión Distrital de Saladillo;

que, la institución posee un terreno ubicado, según nomenclatura catastral Circunscripción l, Sección M, Chacra 336, Fracción l, Parcela l;

que, el terreno fué donado por la Municipalidad de Saladillo y aprobado por la Dirección General de Cultura y Educación;

que, el edificio actual de la E.E.E. N° 501 “Helen Keller” cuenta con barreras arquitectónicas: aulas en planta alta, balcones, escaleras, puertas pequeñas, baños inaccesibles, ventanas guillotinas;

que, es primordial salvar y/o eliminar barreras u obstáculos del entorno a fin de garantizar la accesibilidad para todos y todas los y las estudiantes, independientemente de sus capacidades;

que, es necesario favorecer la autonomía e igualdad de oportunidades que implica múltiples intervenciones;

que, actualmente la E.E.E. N° 501 “Helen Keller” de Saladillo no puede garantizar el acceso, permanencia y tránsito seguro de todas y todos las y los estudiantes;

que, la escuela pertenece a la modalidad de Educación Especial de 1° categoría con casi 60 años de trayectoria;

que, la escuela cuenta con una matrícula que se caracteriza por la atención de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de 3 a 21 años de edad en situación de discapacidad;

que, la matrícula actual se compone de 172 estudiantes, en sede y en escuelas de nivel;

que, la jornada escolar es de 8 horas;

que, la matrícula corresponde a estudiantes en situación de discapacidad intelectual, visual, motora, múltiple, sordo |ceguera, TEL, sordos e hipoacúsicos, trastorno emocional;

que, la organización pedagógica actual es multinivel;

que, considerando la caracterización de la matrícula es necesario contar con una institución que asegure la accesibilidad a todas y todos las y los estudiantes de manera confortable, segura y autónoma;

que, se requiere de espacios amplios, en planta baja, seguros, iluminados, señalizados, con pisos antideslizantes, baños adaptados, aberturas específicas, dársena y rampa de acceso a la institución;

que, este proyecto de construcción de un nuevo edificio accesible es de extrema importancia para asegurar trayectorias integrales, respetadas y cuidadas;

que, es deber del estado garantizar el ejercicio pleno del derecho a la educación;

que, debe centrarse en la enseñanza la igualdad como punto de partida, el derecho político a las diferencias y a la inclusión educativa como Política de Estado;

que, es necesario garantizar como sociedad, el derecho a la educación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes con discapacidad;

que, el modelo social de la discapacidad considera que las causas son, preponderantemente, sociales;

que, la nueva mirada es hacia la persona como sujeto de derechos en relación a su entorno;

que, la discapacidad se entiende desde las limitaciones de la sociedad, no de las limitaciones individuales;

que, debe asegurarse y atenderse adecuadamente las necesidades de todas las personas dentro de la organización social, incluyendo a aquellas en situación de discapacidad; y

CONSIDERANDO que, en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 11 de julio de 2023, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, la construcción de un edificio accesible para la Escuela de Educación Especial N° 501 “HELEN KELLER” de Saladillo.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar y encargar el presente proyecto de obra al Área de Infraestructura correspondiente.-

ARTÍCULO 3°: Disponer del edificio donde actualmente funciona la E.E.E. N° 501 para la utilización del servicio educativo que lo requiera a efectos del desarrollo de sus actividades.-

ARTÍCULO 4°: Comunicar a la Dirección General de Cultura y Educación Provincial; y al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los once días del mes de julio del año dos mil veintitrés.-

RESOLUCIÓN N° 14/2023.-

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