VISTO el expediente N° 159/2022, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos, quién eleva proyecto Resolución solicitando al Centro de Prevención de Adicciones (C.P.A.) informe sobre diferentes acciones inherentes al funcionamiento de dicho centro;

que, en marzo de 2021 fue solicitado al Centro de Prevención de Adicciones (CPA) dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires un pedido de informe, sin tener respuesta a la fecha;

que, las adicciones son una enfermedad crónica y recurrente, que se caracteriza por la búsqueda patológica de la recompensa o alivio a través del uso de sustancias;

que, es fundamental promocionar estrategias para trabajar en la prevención de las adicciones;

que, es necesario brindar ayuda a las personas adictas o en recuperación para que puedan re armar sus proyectos de vida teniendo un sostén terapéutico;

que, es necesario que los pacientes conozcan de estos espacios terapéuticos, dado que los mismos deben ser seguros, confiables, donde se brinden tratamientos continuos y sistemáticos;

que, es necesario que quien necesite el acompañamiento considere este lugar como un espacio terapéutico; y

CONSIDERANDO que en la Novena Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 12 de julio de 2022, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Centro de Prevención de Adicciones (C.P.A) dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires informe a este Honorable Concejo Deliberante sobre los siguientes ítems:

  1. Detalle de relación y articulación con los distintos Niveles y Modalidades del sistema educativo local.
  2. Que informe si las personas y/o familiares con las problemáticas mencionadas, interesados en recibir un tratamiento, pueden acercarse espontáneamente para ser escuchados y orientados en la búsqueda de la inclusión social y progresiva solución de la problemática.
  3. Información sobre la población a la que llega el C.P.A
  4. Que se informe sobre el espacio físico, dirección en el cual el Centro desarrolla sus acciones.
  5. Que ponga en conocimiento a este Cuerpo como está conformado el equipo de trabajo del centro, profesionales especializados con los que cuenta y detalle si dicha conformación es adecuada a las necesidades del contexto local.
  6. Que enumere, en el caso de existir, dificultades o limitaciones que actualmente presentan las estrategias terapéuticas vigentes.
  7. En casos que el tratamiento requiera internación, es decir, un entorno controlado de un paciente, que informe si el C.P.A con sede en Saladillo cuenta con un lugar apropiado o acompaña a las familias o seres cercanos a la persona afectada a gestionar y conseguir un lugar donde recurrir.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Centro de Prevención de Adicciones y al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los doce días del mes de julio del año dos mil veintidós.-

RESOLUCIÓN N° 16/2022.-

Buscar proyecto por concejal