VISTO el expediente nº 20/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente nº 1292/2018, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Convenio Marco de Cooperacion y Asistencia entre la Municipalidad de Saladillo y el Colegio de Arquitectos – Distrito 8 -;
que, el mismo tiene por objeto la mutua colaboración entre las partes en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines que tiene cada una y que permitan brindar un servicio a la comunidad en sus respectivas áreas de influencia;
que, la realización de cada una de las actividades concretas a desarrollarse en forma conjunta por ambas partes será objeto de la previa celebración de un convenio específico que la regule;
que, al encontrarse el Departamento Deliberativo en periodo de receso, se procedió, por parte del Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio ad referendum de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y
CONSIDERANDO que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 27 de febrero de 2018, se aprobó por unanimidad el despacho de la Comision de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Colegio de Arquitectos -Distrito 8- de la Provincia de Buenos Aires con fecha 9 de febrero de 2018, obrante a fs. 1/3 del mencionado expediente.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.-
ORDENANZA Nº 2/2018.-