VISTO el expediente N° 10/2024, iniciado por el Bloque de Concejales de Juntos por el Cambio, quien eleva proyecto de Resolución solicitando al I.O.M.A. informe sobre prestaciones, deudas y cobertura de medicamentos;

que, son reiterados los reclamos de vecinos y vecinas respecto a la falta de cobertura de I.O.M.A. en insumos y algunos medicamentos;

que, el I.O.M.A. es la obra social de la Provincia de Buenos Aires;

que, I.O.M.A. se convirtió en la mayor obra social de la Provincia, que otorga cobertura a afiliadas y afiliados obligatorios y voluntarios;

que, las y los afiliados Obligatorios son trabajadores y trabajadoras provinciales y/o municipales, tanto activos como jubilados;

que, según la página oficial de la obra social, define que la misma está basada en un Sistema Solidario de Salud, distinguido por el principio de la equidad, en el que todas y todos reciben la misma cobertura, sin distinciones de aportes;

que, además en la presentación de dicha página agrega que la calidad prestacional queda garantizada por la mayor red de prestadores de la Provincia de Buenos Aires, lo que asegura un rápido acceso a la prestación en cualquier ciudad del territorio provincial en donde te encuentres;

que, esto precedentemente definido no estaría aconteciendo en la actualidad;

que, I.O.M.A. en este contexto inflacionario no ha actualizado el valor en las prestaciones e insumos;

que, I.O.M.A. no ha acortado los plazos de pagos a los efectores de salud, todo lo contrario, los mismos superan los cuatro meses de atraso y en otros casos desde el mes de agosto de 2.023;

que, la falta de pago a los efectores de la salud impacta directamente en los vecinos y vecinas afiliados que requieren de la prestación de la obra social para resolver situaciones de salud;

que, la falta de cobertura de insumos afecta mayoritariamente a una población con enfermedades crónicas, personas con discapacidad, adultos y adultas mayores;

que, en estos tiempos de alta inflación es necesario que se genere adecuación en el modo de cobertura de los medicamentos a cargo de I.O.M.A., siendo necesario que sea un porcentaje del valor de venta al público y no un monto fijo como es actualmente;

que, a inicios del mes de febrero 2.024, se desarrollaron reuniones de los delegados de los Colegios de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, resolviendo cortar con algunos convenios con I.O.M.A. dado que no se estarían cumpliendo con los requisitos de los mismos, en referencia a plazos y pagos;

que, en Saladillo, recientemente las farmacias han dejado de entregar insumos/accesorios, tales como: pañales, cintas reactivas, agujas, jeringas, catéteres, etcétera;

que, en partidos de la zona, no solo no entregan insumos/accesorios sino han afectado la entrega de medicamentos, especialmente de tratamientos de enfermedades crónicas o de larga evolución;

que, las y los afiliados obligatorios (descuento en los haberes) y voluntarios realizan mensualmente los aportes correspondientes para contar con la cobertura del I.O.M.A., siendo estos actualizados conjuntamente con los salarios;

que, el I.O.M.A. por lo tanto contaría con los ingresos mensuales para continuar brindando todas las prestaciones requeridas y necesarias a sus afiliados y afiliadas; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 16 de abril de 2024, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Salud Pública, Ecología y Medio Ambiente, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTICULO 1°: Solicitar al I.O.M.A. informe respecto a las prestaciones que se brindan: prestaciones médicas, cobertura de medicamentos e insumos, acompañantes terapéuticos, etcétera.-

ARTÍCULO 2°: Solicitar al I.O.M.A. la pronta regularización de la deuda mantenida con los diferentes efectores de la salud.-

ARTÍCULO 3°: Solicitar al I.O.M.A. adecuar el modo de cobertura en los medicamentos, en donde la misma sea mediante un porcentaje del valor de venta al público, adecuándose en este contexto inflacionario.-

ARTÍCULO 4°: Comunicar al Instituto de Obra Médico Asistencial (I.O.M.A.); y al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil veinticuatro.-

RESOLUCIÓN Nº 3/2024.-

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