VISTO, el Decreto 383/2025 publicado en el Boletín Oficial el 17 de junio de 2025, a través del cual se aprueba un Estatuto de la Policía Federal Argentina, en nombre de la “eficacia y eficiencia en la gestión técnica de los medios con los que cuenta el Estado Nacional para garantizar la seguridad de los ciudadanos y la lucha contra la criminalidad organizada”, el cual redefine competencias y funciones dentro de las fuerzas de seguridad, y;
CONSIDERANDO
Que, este decreto implica un grave avasallamiento de principios básicos del Estado de Derecho y del sistema republicano de gobierno puesto que esta norma otorga discrecionalidad operativa a fuerzas de seguridad federales, fuera del control judicial y legislativo, bajo el pretexto de combatir la “criminalidad organizada”, concepto que el gobierno ha utilizado en reiteradas ocasiones para criminalizar la protesta social y las voces disidentes.
Que, en su afán de concentrar mayores atribuciones en la figura de la Ministra Patricia Bullrich y en el Ministerio de Seguridad, el nuevo Estatuto aprobado por el Decreto 383/2025 otorga a la Policía Federal funciones ampliadas en materia de prevención del delito, incluso respecto de aquellos ilícitos que son competencia exclusiva de los jueces federales.
Que, según lo establecido en los Artículos 3° y 5° del Estatuto, la Policía Federal podrá intervenir, sin orden judicial previa, en tareas de investigación, análisis e inteligencia criminal, actuando bajo directrices políticas del Ministerio de Seguridad y autodefiniéndose como “auxiliar de la Justicia”. Esta disposición supone una peligrosa ampliación del rol policial, en desmedro del control judicial y en contravención con las garantías constitucionales.
Que, el Artículo 5° inciso 3 del Estatuto otorga a la Policía Federal Argentina la potestad de desarrollar acciones de inteligencia criminal, habilitándola explícitamente a realizar tareas de inteligencia interior sin orden judicial. Esta disposición no solo contraviene la Ley de Inteligencia Nacional (Ley 25.520) sino la propia Constitución Nacional.
Que, el Artículo 6° del Estatuto permite la detención de personas por un plazo de hasta 10 horas en base a sospechas meramente subjetivas, lo cual vulnera el principio de legalidad y el derecho a la libertad personal consagrado en el Artículo 18° de la Constitución Nacional. Asimismo, habilita a la Policía Federal a efectuar requisas personales sin orden judicial, en casos de “presunción” durante manifestaciones o movilizaciones públicas, lo que configura una violación directa al Artículo 19° de la Constitución, que protege la privacidad, la autonomía personal y prohíbe injerencias arbitrarias.
Que, se habilita a la Policía Federal Argentina a:
• Efectuar tareas de inteligencia criminal, mediante la obtención, reunión, sistematización y análisis de la información referida a actividades criminales o riesgos que afecten a la seguridad interior.
• Tener acceso a información y bases de datos públicas con el fin de llevar adelante, de manera justificada, tareas de investigación o de inteligencia criminal. A su vez, podrá solicitar el acceso a bases privadas. En otras palabras, habilita el ciberpatrullaje mediante vigilancia de redes, mediante monitoreo ideológico.
• Registrar y calificar a las personas dedicadas habitualmente a una actividad que la policía debe reprimir.
Que, el Decreto 383/2025, por exceder las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo, viola principios constitucionales y representa un peligro para la vigencia efectiva de los derechos humanos y las libertades en la República Argentina.
Que, actualmente estamos ante un Gobierno que ordena a las Fuerzas de Seguridad a atacar a jubilados, docentes, periodistas, menores y a efectuar detenciones arbitrarias. Las medidas antidemocráticas siempre encuentran relato ante gobiernos de derecha, que cercenan la libertad de opinión y de expresión, ejecutando respuestas represivas desmedidas que responden a una estrategia deliberada de amedrentamiento y disciplinamiento social, con un claro carácter persecutorio e intimidatorio hacia quienes disienten con el gobierno.
Que, este decreto tiene la intención de intimidar al pueblo argentino y permite entrar en nuestras redes, averiguar nuestros datos y revisar nuestras pertenencias, siendo todos sospechosos para el Ministerio de Seguridad. Es evidente que las Fuerzas de Seguridad, en manos de Patricia Bullrich, buscan disciplinar las movilizaciones y criminalizar la protesta social, imponiéndose incluso por encima del Poder Judicial.
Por todo lo expuesto el Bloque de concejales y concejalas de Unión por la Patria de Saladillo presenta el siguiente proyecto de RESOLUCION:
PROYECTO DE RESOLUCION
ARTÍCULO 1°: Adherir al proyecto de ley presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina referente a la derogación del decreto 383/2025 a través del cual se amplían funciones y atribuciones a la Policía Federal Argentina.-
ARTÍCULO 2°: Envíese copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina.-
ARTÍCULO 3°: De forma.-
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