VISTO el expediente N°17/2025 iniciado por el Bloque de Concejales de UCR, quien eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección Nacional de la Ruta Nacional 205 en el tramo urbano de la ciudad de Saladillo;

que, el estado de deterioro que presentan las colectoras Eva Duarte y Raúl Alfonsín, ubicadas a ambos laterales de la Ruta Nacional N° 205, en el tramo comprendido entre Avenida Moreno y Avenida Ibáñez Frocham de la ciudad de Saladillo;

que, las mencionadas colectoras constituyen vías de circulación fundamentales para el tránsito local, siendo utilizadas diariamente por vecinos, vecinas, transporte público, vehículos particulares y de carga;

que, el avanzado desgaste de la calzada, la presencia de baches y el deterioro general del pavimento generan dificultades en la circulación y representan un riesgo para la seguridad vial;

que, la Ruta Nacional N° 205 y sus colectoras se encuentran bajo la órbita de la Dirección Nacional de Vialidad, siendo dicho organismo el competente para ejecutar tareas de mantenimiento y repavimentación;

que, al día de la fecha, no se finalizó la licitación de concesión de la ruta;

que, resulta necesario gestionar ante las autoridades correspondientes la realización de obras que garanticen condiciones adecuadas de transitabilidad y seguridad para quienes utilizan dichas arterias; y

CONSIDERANDO que en la Tercera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 21 de abril de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

R E S O L U C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección Nacional de Vialidad que arbitre los medios necesarios para la repavimentación de las colectoras Eva Duarte y Raúl Alfonsín, en la traza comprendida entre Avenida Moreno y Avenida Ibáñez Frocham, de la ciudad de Saladillo, ubicadas a ambos laterales de la Ruta Nacional N° 205.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar a la Dirección Nacional de Vialidad; y al Departamento Ejecutivo dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintiséis.-

RESOLUCIÓN  N° 1/2026.-

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