VISTO el expediente N° 34/2026, iniciado por el Bloque de Concejales de la U.C.R., quien eleva proyecto de Resolución solicitando a la Dirección Provincial de Educación, la promoción de programas de capacitación docente en Trastorno de Espectro Autista (TEA);
que, la necesidad de que los docentes reciban la capacitación especializada para acompañar a estudiantes con Trastorno del Espectro Autista (TEA) y asegurar su plena participación en los colegios;
que, el Trastorno del Espectro Autista (TEA) se define como un conjunto de alteraciones en la reciprocidad social, la comunicación (verbal y no verbal) y la conducta social, además de patrones de intereses estrechos y actividades repetitivas;
que, la educación inclusiva es un derecho fundamental reconocido por la Organización de las Naciones Unidas y establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
que, muchos docentes no cuentan con formación específica para acompañar adecuadamente a estudiantes con TEA, generando barreras en el aprendizaje, dificultades en la inclusión real;
que, el colegio debería ser el primer lugar para incluir a todos: tanto al que se va a inscribir como el que ya está en el aula;
que, desde la formación docente se deberían ofrecer las herramientas para no escuchar frases como “no estamos preparados” “no nos capacitan”;
que, los chicos con discapacidad puedan ir a la escuela común, siendo un derecho reconocido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
que, para la eliminación de barreras es necesario que TODOS los actores del sistema educativo se capaciten obligatoriamente;
que, por todo esto resulta necesario establecer por ley la capacitación obligatoria, continua y actualizada en TEA para todos los docentes del sistema educativo;
que, la Ley 13.380, establece entre los derechos de los estudiantes con Trastorno de Espectro Autista (TEA), el acceso a capacitación profesional específica para los docentes y el apoyo a las familias;
que, dicha Ley también prevé asistencia domiciliaria cuando sea necesaria y capacitación multidisciplinaria para profesionales y técnicos que intervienen en el tratamiento;
que, en la práctica los docentes manifiestan no contar con la formación suficiente para atender adecuadamente a estudiantes con esas características, lo que dificulta su aprendizaje e integración escolar; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 05 de mayo de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por mayoría el despacho de la Comisión de Educación y Cultura, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar a la Dirección Provincial de Educación que promueva programas de capacitación docente en Trastorno de Espectro Autista (TEA) y Neurodiversidad, asegurando su alcance a todas escuelas de la jurisdicción.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar a la Jefatura Distrital de Educación de Saladillo que acompañe y supervise la implementación de dichos programas, brindando apoyo y seguimiento a las escuelas locales.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar a la Dirección Provincial de Educación, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes mayo del año dos mil veintiséis.-
RESOLUCIÓN N° 9/2026.-