VISTO el expediente N° 112/2026, iniciado por el Bloque Fuerza Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre incompetencia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, según Decreto Municipal N° 4/2026;

que, el proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo (Expediente N° 50/2026), busca convalidar declaraciones de incompetencia correspondientes a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil;

que, el Departamento Ejecutivo ha presentado a este Concejo Deliberante el Decreto N°4/2026, referidos a declarar la incompetencia de tareas en el área de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil;

que, del Honorable Concejo Deliberante tiene la facultad de requerir información al Departamento Ejecutivo sobre asuntos de interés público y gestión municipal;

que, la declaración de “incompetencia” de áreas municipales para llevar a cabo funciones inherentes a su competencia plantea interrogantes sobre la planificación de recursos humanos y la eficiencia de la estructura orgánica municipal;

que, la presentación de estas incompetencias con características similares elevadas anteriormente por la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, evidencian un patrón sistemático en la gestión de recursos humanos a través de la declaración de incompetencia y la contratación externa;

que, de las declaraciones de las incompetencias presentadas para su convalidación sugiere una posible deficiencia estructural en la planificación de recursos humanos del Municipio, más que situaciones puntuales y excepcionales;

que, la reiteración en la utilización de la figura de “gastos especiales” mediante decretos “ad referéndum” para cubrir necesidades permanentes o previsibles vulnera los principios de buena administración, transparencia y planificación en el uso de los recursos públicos municipales;

que, este Cuerpo Legislativo necesita contar con información fehaciente y documentada para evaluar la pertinencia, legalidad y oportunidad de las incompetencias presentadas; y

CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 05 de mayo del año 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

C O M U N I C A C I Ó N

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de la Secretaría correspondiente, remita la siguiente información detallada:

  1. Copia de los expedientes completos que dieron origen al decreto mencionado, incluyendo los dictámenes legales que avalan la declaración de incompetencia.-
  2. Detalle del organigrama actual de la Secretaría Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, y sus Subsecretarías y Direcciones dependientes, incluyendo el listado de personal (planta permanente, temporaria, contratado) y sus perfiles laborales al momento de emitirse cada decreto.-
  3. Informe sobre las acciones realizadas por el Departamento Ejecutivo para intentar cubrir estas necesidades con recursos internos antes de proceder a las contrataciones externas.-
  1. Detalle de los costos totales que demandaron las contrataciones de personal idóneo para todas las tareas mencionadas especificando las partidas presupuestarias afectadas y los montos ejecutados para cada caso durante 2026.-
  2. Informe sobre el tipo de vinculación laboral o contractual que se estableció con el personal contratado y los mecanismos de selección utilizados.-
  3. Justificación detallada de por qué las tareas mencionadas no pueden ser asumidas como funciones permanentes por el personal de planta del municipio, o por qué el personal existente no es reubicable.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-

COMUNICACIÓN   N° 10/2026.-

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