VISTO el expediente N°115/2026, iniciado por el Bloque de Fuerza Patria, quien eleva proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo el mantenimiento de plazas y parques en el distrito de Saladillo;
que, en el Partido de Saladillo cada barrio, como así también las localidades del interior cuentan con Plazas y Parques que en su mayoría poseen juegos infantiles;
que, en cada barrio donde se encuentran estos espacios recreativos habitan muchas familias con niños y niñas que merecen disfrutar de una plaza segura, inclusiva e integradora;
que, la plaza del barrio es el lugar por excelencia que propicia el encuentro público, donde los niños pueden jugar y relacionarse, con las implicancias que conlleva en su construcción subjetiva del mundo que los rodea y de su propio lugar en él;
que, en la infancia se da una integración natural que sienta las bases para que más adelante sean posibles vínculos sanos para el logro de una verdadera integración escolar y social;
que, compartir nos enriquece como sociedad debido a que la verdadera integración social comienza en la infancia, cuando los niños y las niñas juegan sin prejuicios, siendo esto lo verdaderamente transformador, pues allí desde pequeños aprenden a vivir con “otros”;
que, resulta necesario que las plazas o espacios recreativos estén planificados y diseñados desde una mirada inclusiva, haciendo lugar a las necesidades de las infancias, por lo que es necesario un enfoque “igualador” donde no existan barreras, permitiendo la participación plena y efectiva de la sociedad en igualdad de condiciones;
que, una plaza inclusiva implica el diseño de espacios de circulación y usos accesibles, con un abanico de juegos que dan respuesta a las necesidades y posibilidades de los niños y niñas, sean o no portadores de discapacidad;
que, una plaza inclusiva tiene como objetivo brindar respuesta a las posibilidades, destrezas, despliegue físico y energía que presentan las infancias de diferentes edades posibilitando, tanto la interacción propia del juego, como el compartir el espacio de juegos individuales;
que, se encuentra vigente la Ley Nacional N.º 26.378 por la que se ratifica la convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la que se toma como marco para la planificación desde el estado atendiendo al cumplimiento de sus derechos;
que, es un derecho de los niños y niñas jugar en condiciones seguras, por lo que es un deber del estado promover espacios públicos, como lo son las plazas, donde se planifique el aspecto lúdico de las mismas sin olvidar los criterios de seguridad;
que, desde el año 2008 existe la Ley Provincial N ° 13.805, que define y regula la seguridad en los parques infantiles;
que, para evaluar la seguridad de cualquier parque infantil, los factores más importantes a tener en cuenta son las superficies, la estructura y la disposición de los distintos elementos, así como la inspección y el mantenimiento de las instalaciones;
que, los vecinos y vecinas de distintos barrios han manifestado que es muy importante contar con una plaza equipada, de manera segura y cuidada, con juegos infantiles, donde los niños y las niñas puedan ejercer el Derecho al Juego, ya que han observado que existen juegos en malas condiciones en cuanto a su estructura, pintura, sin las condiciones de accesibilidad, sin la adaptación necesaria a las distintas edades de la infancia y resultando riesgosos en algunos casos;
que, es responsabilidad del Estado Municipal la intervención de parques y plazas desde los fundamentos esgrimidos, de acuerdo a un paradigma para la integración y la seguridad; y
CONSIDERANDO que en la Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 05 de mayo del año 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
C O M U N I C A C I Ó N
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que considere, se realice el mantenimiento, la reparación e incorporación de juegos en las plazas y Parques de nuestro Partido, atendiendo de esta manera a la integración comunitaria y a garantizar el derecho al Juego de las Infancias y de las familias que habitan cada barrio/localidad.-
ARTÍCULO 2°: Solicitar que dichos juegos garanticen la accesibilidad para todos/as los/as niños y niñas.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-
COMUNICACIÓN N° 14/2026.-