VISTO el expediente nº 16/06, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente nº 546/06, que eleva nota adjuntando declaraciones juradas de vecinos, que solicitan eximición de Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO que en la Segunda Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 25 de abril de 2006, este Honorable Cuerpo aprobó el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que aconseja sancionar un Decreto, eximiendo con el 50 % del valor de las Tasas a: Marinacci, Herminio; Sanz Emilio; Agustinelli, Mercedes; Ronza, Juana y Fregueiro, Máxima; con el 100 % a Orciani, Juan y se deniega las solicitudes de Aguilera, María E.; Monteni, Isabel; Celma, José; De Felipe, Oscar, todos por incumplimiento de los artículos 1º y 2º de la Ordenanza 1607.-  Respecto de la solicitud de Acosta, María Luján, se recomienda denegar la solicitud hasta tanto la solicitante sea propietaria del inmueble, comunicándosele tal circunstancia a la interesada a través de la Secretaría del H.C.D.;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona el siguiente

D E C R E T O

ARTICULO 1º: Exímase del pago del 100 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 100% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, al contribuyente Juan Orciani.-

ARTICULO 2º: Exímase del pago del 50 % de la Tasa de Agua Corriente y Cloacas, y suspéndase del pago del 50% de la Tasa de Barrido, Limpieza y Recolección de Residuos, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
MARINACCIHerminio J.Bozán 2981 – Cta. 5379/4
SANZEmilio AgustínLope Serrano 2519 – Cta. 4327/8
AGUSTINELLIMercedesM.T. de Alvear 2921 – Cta. 3084/4
RONZAJuana E.Cazón – Cta. 11708/3
FREGUEIROMáxima H.Barrio 272 – Cta. 13886/3

ARTICULO 3º: Deniéguese las solicitudes de  eximición de las Tasas Municipales, a los siguientes contribuyentes:

APELLIDONOMBRESDOMICILIO
DE FELIPEOscarRossi 2850 – Cta. 5066/3
CELMAJosé OscarYrigoyen 3344 – Cta. 1977/4
MONTENIIsabelToledo 2352 – Cta. 2947/5
ACOSTAMaría LujánVolonté 4085 – Cta. 5023/5
AGUILERAMaría E.R.S. Peña 4163 – Cta. 13061/6

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil seis.-

DECRETO H.C.D. Nº 4/06.-

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