VISTO el expediente N° 237/2021, iniciado por el Departamento Ejecutivo, mediante expediente N° 4098-3141/2020, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el Convenio de Consorcio Urbanístico con los fideicomisos inmobiliarios “La Nueva Era” y “La Unión”;

que, la Ley  N° 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, tiene como fundamento dar respuesta desde una mirada integral a los distintos aspectos vinculados a la problemática de la tierra y la vivienda, incorporando principios rectores, directrices generales e instrumentos de actuación que permiten fortalecer la intervención eficiente y justa del Estado para resolver el déficit urbano habitacional, avanzando en la garantía del derecho constitucional de acceso a la vivienda digna para todos los sectores sociales;

que, conforme al artículo 1º, sus objetivos específicos son: a) Promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios informales; b) Abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional; c) Generar nuevos recursos a través de instrumentos que permitan, al mismo tiempo, reducir las expectativas especulativas de valorización del suelo;

que, dicha ley permite la creación de consorcios urbanísticos a los cuales define como “la forma de ejecución de proyectos de urbanización o edificación, conjuntamente entre organismos gubernamentales y actores privados, sean estos personas físicas o jurídicas, aportando cualquiera de ellos, inmuebles de su propiedad y el otro las obras de urbanización o de edificación, y que luego de la realización de las mismas cada parte recibe como compensación por su inversión, unidades inmobiliarias debidamente urbanizadas y/o edificadas;

que, mediante Ordenanza N° 38/2015 promulgada bajo el N° 2977, el Municipio adhirió a la referida normativa;

que, desde el Departamento Ejecutivo Municipal se ha adoptado, como una de las principales políticas de gestión, el desarrollo de políticas sociales en materia de viviendas, entendiendo que el mejoramiento de las condiciones habitacionales de la población, fundamentalmente el de los sectores más vulnerables, impactan significativamente en su calidad de vida, razón por la cual se analizaron diferentes proyectos y acciones a fin de poder consolidar la implementación de la referida normativa provincial;

que, teniendo en cuenta la factibilidad de servicios y accesibilidad, entre otros elementos, se consideró criterioso generar suelo urbano mediante la aplicación de la ley N° 14.449 en aquellas chacras que fueron incorporadas como reserva de ensanche urbano de la ciudad cabecera mediante la Ordenanza N° 3532 (H.C.D. N° 97/2019);

que, como consecuencia de lo antes mencionado mediante el expediente N° 1832-I-2020 (4098-3141/2020) el Ing. Agrimensor Luciano Orianda, matrícula N° 2441 (dist. V) solicita la factibilidad para un proyecto de mensura y división, con afectación al programa lotes con servicios previsto en la Ley N° 14.449;

que, con fecha 13 de septiembre de 2021 se suscribe entre la Municipalidad de Saladillo y Los Fideicomisos Inmobiliarios “La Nueva Era” y “La Unión”, un convenio a efectos de conformar un consorcio urbanístico;

que, en dicho consorcio el Municipio autoriza la ejecución de un proyecto de urbanización a emplazarse en dos inmuebles designados catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 102, Manzana 102C, Matrícula N° 18.753, Partida Inmobiliaria N° 891 (Fideicomiso “La nueva Era”) y Circunscripción I, Sección E, Chacra 102, Manzana 102G, Matrícula N° 19021, Partida Inmobiliaria N° 24336 (Fideicomiso “La Unión”); con ejecución de infraestructura en forma progresiva a cargo de los propietarios y la cesión de un porcentaje de tierras para la comuna;

que, conforme a lo normado por el artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y a efectos de dotar de operatividad al mencionado Convenio, resulta necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y

CONSIDERANDO que en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el 19 de octubre de 2021, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Obras Públicas y Vialidad, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°: Aprobar el Convenio de Consorcio Urbanístico suscripto con fecha 13 de septiembre de 2021, en el marco de la Ley N° 14.449, entre la Municipalidad de Saladillo y Los Fideicomisos Inmobiliarios “La Nueva Era” y “La Unión”, el cual tiene por objeto la ejecución de un proyecto de urbanización a emplazarse en dos inmuebles designados catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Chacra 102, Manzana 102C, Matrícula N° 18.753, Partida Inmobiliaria N° 891 (Fideicomiso “La nueva Era”) y Circunscripción I, Sección E, Chacra 102, Manzana 102G, Matrícula N° 19021, Partida Inmobiliaria N° 24336 (Fideicomiso “La Unión”); que como Anexo I se agrega y que pasa a formar parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.-

 

ORDENANZA N° 93/2021.-

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