VISTO el expediente nº  20/2018, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente nº 1292/2018,  quién eleva proyecto de Ordenanza  referente  a aprobar Convenio Marco  de  Cooperacion y Asistencia  entre la Municipalidad de Saladillo  y el Colegio de Arquitectos – Distrito 8 -; 

que,  el mismo tiene por objeto la mutua colaboración entre las partes en todas aquellas actividades que hagan al mejor cumplimiento de los fines que tiene cada una y que permitan brindar un servicio a la comunidad en sus respectivas áreas de influencia;

que, la realización de cada una de las actividades concretas a desarrollarse en forma conjunta por ambas partes será objeto de la previa celebración de un convenio específico que la regule;

que, al encontrarse el Departamento Deliberativo en periodo de receso, se procedió, por parte del Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio ad referendum de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante conforme a lo normado por el artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; y

CONSIDERANDO  que en la Sesión Extraordinaria, llevada a cabo el día 27 de febrero de 2018, se aprobó  por unanimidad el despacho de la Comision de Obras Públicas y Vialidad,  que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y el Colegio de Arquitectos -Distrito 8- de la Provincia de Buenos Aires con fecha 9 de febrero de 2018, obrante a fs. 1/3 del mencionado expediente.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cúmplase, publíquese y archívese.-

DADA EN LA SALA  DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO,  a los veintisiete  días  del mes de febrero del año dos mil dieciocho.-

ORDENANZA Nº 2/2018.-

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