VISTO el expediente N° 154/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 2180/2026, quien eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar el contrato de iluminación vial con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, para la 3° y 4° etapa de la obra de iluminación de la Ruta Nacional N° 205;
que, mediante el referido contrato la Municipalidad de Saladillo encomienda a la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda. la ejecución de la tercera y cuarta etapa de la obra de iluminación vial sobre la Ruta Nacional Nº 205, comprendida entre los kilómetros 177,400 y 179,200;
que, la obra comprende la ejecución de mano de obra y provisión de materiales para la iluminación de la Ruta Nacional Nº 205, conforme las condiciones técnicas previstas en el contrato respectivo;
que, conforme surge del contrato acompañado, la obra deberá realizarse de acuerdo a las exigencias de la Dirección Nacional de Vialidad y las recomendaciones de la Norma IRAM AADL J2022-2, mediante instalación unilateral de columnas de iluminación y luminarias;
que, el contrato establece que la Cooperativa será responsable por la ejecución de la obra, comprometiéndose a realizar la tercera y cuarta etapa dentro del plazo allí previsto, contado a partir del otorgamiento de los permisos correspondientes;
que, el precio de los trabajos correspondientes a las etapas tercera y cuarta asciende a la suma de pesos cuatrocientos setenta y seis millones seiscientos setenta y cinco mil cuarenta y nueve con 84/100 ($476.675.049,84), conforme presupuesto acompañado;
que, resulta de interés público municipal avanzar con obras de infraestructura urbana y vial que contribuyan a mejorar la seguridad, visibilidad y transitabilidad en el sector indicado;
que, corresponde al Honorable Concejo Deliberante intervenir a efectos de aprobar el contrato suscripto, autorizando asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar los actos complementarios que resulten necesarios para su ejecución;
que, conforme al artículo 41° del Decreto Ley 6769/58 corresponde al Honorable Concejo Deliberante aprobar el citado convenio para su efectiva ejecución por el Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Sexta Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 02 de junio de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que recomienda sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Contrato de Iluminación Vial suscripto entre la Municipalidad de Saladillo y la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda., cuyo objeto consiste en la ejecución de la tercera y cuarta etapa de la obra de iluminación vial sobre Ruta Nacional Nº 205, comprendida entre los kilómetros 177,400 y 179,200, conforme los términos, condiciones y presupuesto que como Anexo I forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Adendas, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto de los instrumentos aprobados en los Artículos 1 de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 26/2026.-