VISTO el expediente N° 248/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante expediente N° 4364/2026, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a convalidar la Adenda del Acuerdo de Colaboración de Servicio con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo;

que, la Adenda al Acuerdo de Colaboración de Servicio suscripta con fecha 27 de diciembre de 2024, entre la Municipalidad de Saladillo y la Cooperativa Eléctrica de Consumo y otros Servicios de Saladillo Ltda., referida a la instalación de nuevos enlaces a través de la Red de Fibra Óptica de CESTeI para la interconexión de cámaras de seguridad con el Centro de Monitoreo sito en calle Estrada Nº 3271;

que, la Adenda mencionada fue suscripta por el Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, conforme lo previsto en el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades);

que, la Adenda tiene por objeto ampliar y/o instrumentar condiciones vinculadas a la incorporación de nuevos enlaces para el sistema de videovigilancia, incluyendo aspectos técnicos y económicos y la modalidad operativa de solicitudes por el área municipal competente;

que, por un error involuntario de carácter administrativo, la citada Adenda no fue elevada para su convalidación en el momento oportuno, correspondiendo subsanar dicha omisión mediante el dictado de la presente; y

CONSIDERANDO que en la Décima Primera Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 08 de septiembre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;

por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°: Convalidar en todos sus términos la firma de la Adenda al Acuerdo de Colaboración de Servicio celebrada el 27 de diciembre de 2024 entre la Municipalidad de Saladillo y la Cooperativa Eléctrica de Consumo y otros Servicios de Saladillo Ltda., vinculada a la instalación de nuevos enlaces a través de la Red de Fibra Óptica de CESTeI para interconectar cámaras de seguridad con el Centro de Monitoreo municipal, que como Anexo I pasa a ser parte integrante de la presente.-

ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir las Adendas, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del convenio celebrado entre las partes el 16/06/2020 y que fuera aprobado por Ordenanza N° 75/2020.-

ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.-

ORDENANZA N° 60/2026.-

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