VISTO el expediente n° 236/2026, iniciado por el Departamento Ejecutivo mediante el expediente n° 4173/2026, quién eleva proyecto de Ordenanza referente a aprobar Acuerdo con la Cooperativa Eléctrica de Saladillo, sobre gasto de energía del Hogar de Ancianos;
que, el Acuerdo fue celebrado entre la Municipalidad de Saladillo, la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda. y la Sociedad Protectora de Desvalidos Asociación Civil, suscripto el día 2 de enero de 2026;
que, la Sociedad Protectora de Desvalidos Asociación Civil, conocida como Hogar de Ancianos, tiene como objetivo principal la protección integral de personas de la tercera edad;
que, en reconocimiento de la importante labor desarrollada por la institución, la Municipalidad y la Cooperativa acuerdan cubrir, en partes iguales, el cien por ciento (100 %) del consumo de energía eléctrica del inmueble donde funciona el Hogar;
que, el Acuerdo tendrá vigencia por doce (12) meses, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y se aplicará a las facturas devengadas durante dicho período;
que, conforme al artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 corresponde al Honorable Concejo Deliberante aprobar el citado Acuerdo para su efectiva ejecución por el Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO que en la Décima Segunda Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 22 de septiembre de 2026, este Honorable Cuerpo aprobó por unanimidad el despacho de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que aconseja sancionar el mencionado proyecto;
por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, en uso de sus atribuciones, acuerda y sanciona la siguiente
- O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Aprobar el Acuerdo celebrado entre la Municipalidad de Saladillo, la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Otros Servicios de Saladillo Ltda. y la Sociedad Protectora de Desvalidos Asociación Civil, suscripto el día 2 de enero de 2026, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los Convenios Específicos, Adendas, Anexos, Actas y/o Acuerdos Complementarios que fueran necesarios para cumplir con el objeto del Acuerdo aprobado en el Artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°: Comunicar al Departamento Ejecutivo Municipal, dar al Registro Oficial, cumplir, publicar y archivar.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SALADILLO, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.-
ORDENANZA N° 62/2026.-